Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 227, lunes 28 de noviembre de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
5166

DECRETO 135/2022, de 15 de noviembre, por el que se reconoce de utilidad pública a la asociación denominada Asociación de Desarrollo Rural de Durangaldea Urkiola-Urkiola Durangaldeko Landa Garapenerako Alkartea.

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de utilidad pública, las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco que contribuyan, mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.

A su amparo, la asociación denominada Asociación de Desarrollo Rural de Durangaldea Urkiola-Urkiola Durangaldeko Landa Garapenerako Alkartea ha solicitado la declaración mencionada, por entender que promueve el interés general a través de las actividades que lleva a cabo, principalmente dirigidas al fomento del bienestar en la zona del Duranguesado pero, asimismo, beneficiando a la sociedad en general, a través de las actividades de apoyo al medio rural y a la promoción de un sector primario basado en una gestión sostenible.

La asociación denominada Asociación de Desarrollo Rural de Durangaldea Urkiola-Urkiola Durangaldeko Landa Garapenerako Alkartea consta inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número AS/B/00391/1987, en virtud de Resolución de fecha 2 de marzo de 1987.

El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones comprende el Duranguesado.

Desde su constitución, la asociación denominada Asociación de Desarrollo Rural de Durangaldea Urkiola-Urkiola Durangaldeko Landa Garapenerako Alkartea dirige sus actividades a la consecución de su fin principal, esto es, lograr un entorno con una actividad económica dinámica basada en la economía autóctona, con un sector turístico responsable y sostenible y un sector primario emprendedor, innovador, activo y participativo; más profesional y diversificado, con relevo juvenil, y promotor de una ganadería y agricultura ecológica. A tal fin, las actuaciones de la asociación se dirigen al fomento del emprendimiento y de la innovación, a la identificación de nuevos negocios desde los recursos propios de la comarca, y al impulso de una comarca capaz de gestionar la cooperación y los recursos internos en beneficio de sus vecinos y empresas.

Todas ellas son actividades ampliamente reconocidas por la sociedad como de interés general.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, de 22 de junio, la declaración de utilidad pública se realizará mediante decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los departamentos a los que corresponda en función de la materia. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informes emitidos por los Departamentos e instituciones requeridos al efecto.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno y de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 15 de noviembre de 2022.

DISPONGO:

Artículo único.– Declarar de utilidad pública a la asociación denominada Asociación de Desarrollo Rural de Durangaldea Urkiola-Urkiola Durangaldeko Landa Garapenerako Alkartea, inscrita con el número de registro AS/B/00391/1987, en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, por considerar que contribuye a la promoción del interés general mediante el desarrollo de sus actividades.

Así mismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 43 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 15 de noviembre de 2022.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.

La Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.


Análisis documental