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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 218, martes 15 de noviembre de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
DEPARTAMENTO DE SALUD
DEPARTAMENTO DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES
4942

DECRETO 128/2022, de 2 de noviembre por el que se reconoce de utilidad pública a la asociación denominada Asociación guipuzcoana de padres de hijos con necesidades especiales «Pausoka elkartea».

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de utilidad pública, las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco que contribuyan, mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.

A su amparo, la asociación denominada Asociación guipuzcoana de padres de hijos con necesidades especiales «Pausoka elkartea», ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que lleva a cabo, en el ámbito de la protección y el desarrollo de las hijas e hijos que presentan necesidades especiales, contribuyen a fomentar su desarrollo personal tanto a nivel físico como educativo, laboral y social.

La asociación denominada Asociación guipuzcoana de padres de hijos con necesidades especiales «Pausoka elkartea» consta inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número AS/G/16840/2012, en virtud de Resolución de fecha 8 de junio de 2012, dictada por la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos del Departamento de Administración Pública y Justicia.

El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones comprende la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Desde su constitución, la asociación denominada Asociación guipuzcoana de padres de hijos con necesidades especiales «Pausoka elkartea» realiza todas las actividades precisas para la consecución de su fin principal, a través del trabajo desarrollado en los centros de rehabilitación integral multidisciplinar y de desarrollo infantil y de labor de sensibilización y concienciación de la sociedad.

Todas ellas, son actividades ampliamente reconocidas por la sociedad como de interés general.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, de 22 de junio, la declaración de utilidad pública se realizará mediante decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los departamentos a los que corresponda en función de la materia. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informes emitidos por los Departamentos e instituciones requeridos al efecto.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, de la Consejera de Salud y de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 2 de noviembre de 2022.

DISPONGO:

Artículo único.– Declarar de utilidad pública a la Asociación guipuzcoana de padres de hijos con necesidades especiales «Pausoka elkartea», inscrita con el número de registro AS/B/12593/2006, en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, por considerar que contribuye a la promoción del interés general mediante el desarrollo de sus actividades.

Así mismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 43 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 2 de noviembre de 2022.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.

La Consejera de Salud,

MIREN GOTZONE SAGARDUI GOIKOETXEA.

La Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales,

BEATRIZ ARTOLAZABAL ALBENIZ.


Análisis documental