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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 217, lunes 14 de noviembre de 2022


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
4908

RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2022, del Director de Calidad e Industrias Alimentarias, por la que se resuelven las solicitudes presentadas al efecto de acogerse a las medidas de apoyo a las inversiones en el sector vinícola, ejercicio FEAGA 2023.

Vistas las solicitudes presentadas ante la Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias, al efecto de acogerse a las medidas de apoyo financiero a las inversiones tangibles o intangibles en instalaciones de transformación e infraestructura vinícola, para la mejora del rendimiento global de las empresas del sector y su adaptación a las demandas del mercado, así como para aumentar su competitividad, convocadas por Orden de 28 de julio de 2021, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Considerando que a dichas solicitudes les es de aplicación lo dispuesto en el Reglamento (UE) 1308/2013, del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establece la organización común de mercado de los productos agrarios, el Reglamento Delegado (UE) 2016/1149, de la Comisión de 15 de abril de 2016 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1150, de 15 de abril de 2016.

Considerando que, así mismo, es aplicable lo establecido en el Real Decreto 1363/2018 de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola, así como el Decreto 227/2014, de 9 de diciembre y el Decreto 194/2006, de 3 de octubre, por el que se constituye el Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Vista la lista definitiva de los programas aprobados con fecha 11 de julio de 2022 por la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Considerando lo dispuesto en el artículo 68 del Real Decreto 1363/2018 de 2 de noviembre, respecto a elaboración de la lista definitiva de solicitudes aprobada en esta convocatoria, así como que se ha aplicado lo dispuesto en el artículo 68.11, respecto al reparto de fondos a las mejores solicitudes de cada Comunidad Autónoma, proporcionalmente al importe de la ayuda demandada.

Para el resto de las solicitudes no incluidas en la lista definitiva de solicitudes seleccionadas por la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, se desestima su solicitud de ayuda.

RESUELVO:

Primero.– Aceptar las solicitudes presentadas que se relacionan en el Anexo I a la presente Resolución, especificándose en el citado Anexo, el importe del gasto subvencionable y la cantidad que correspondería como ayuda directa del 30 % siendo que la cuantía total asciende a 2.719.176,53 euros financiada con cargo al FEAGA.

Segundo.– Denegar a los solicitantes que se relacionan en el Anexo II a la presente Resolución, especificándose el motivo de dicha denegación.

Tercero.– En el plazo de un mes desde la notificación de la presente Resolución, los beneficiarios deberán comunicar a la Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, la aceptación, en los términos establecidos en el apartado IX del Anexo I de la Orden de 28 de julio de 2021, a la presente Resolución.

Cuarto.– Los beneficiarios deberán cumplir, a lo largo de todo el procedimiento de subvención, todas las obligaciones que le son de aplicación conforme a la normativa establecida para la concesión y percepción de la ayuda.

Quinto.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de octubre de 2022.

El Director de Calidad e Industrias Alimentarias,

RAÚL PÉREZ IRACHETA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental