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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 170, lunes 5 de septiembre de 2022


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
3895

RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2022, del Viceconsejero de Planificación Territorial y Agenda Urbana, por la que se resuelve y hace pública la concesión de las ayudas previstas en la Orden de 2 de mayo de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones a los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como a los concejos de los municipios alaveses para la elaboración de planes de acción del paisaje para el ejercicio 2022.

Con fecha 23 de mayo de 2022 fue publicada en el BOPV la Orden de 2 de mayo de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como a los Concejos de los municipios alaveses, para la elaboración de Planes de Acción del Paisaje para el ejercicio 2022.

El plazo de presentación de solicitudes finalizó al mes de la publicación en el BOPV, es decir, el 23 de junio, en virtud de lo establecido en el artículo 7.1 de la citada Orden, habiendo tenido entrada las siguientes solicitudes:

(Véase el .PDF)

En virtud de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la citada Orden reguladora de estas ayudas, con fecha 4 de julio de 2022 se constituyó el correspondiente Tribunal de Valoración con objeto de llevar a cabo el análisis y verificación de las solicitudes recibidas teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 9.3 que recogía los criterios de adjudicación y su puntuación máxima. Con fecha 21 de julio de 2022, el Acta que recoge la constitución del Tribunal de Valoración en la que consta la identidad de las personas que lo componen, fue notificada a todos los Ayuntamientos solicitantes a los efectos de garantizar los derechos de abstención y recusación, en cumplimiento de lo dispuesto en artículo 9.2 de la Orden reguladora de las presentes subvenciones.

El artículo 2 de la antedicha Orden prevé que para la concesión de las subvenciones se destinará un total de 300.000 euros. Por su parte, el artículo 15 precisa que se subvencionará el 90 % de los honorarios de redacción de los Planes de Acción de Paisaje, con un máximo de 30.000 euros por Plan, hasta el agotamiento del crédito presupuestario existente, no pudiendo ser objeto de subvención el IVA u otros impuestos.

Tras el análisis y verificación de las propuestas y como consecuencia del mismo, el Tribunal de Valoración, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Orden reguladora, elevó a esta Viceconsejería la correspondiente Propuesta de adjudicación en la que se hace constar la prelación de las solicitudes que se propone subvencionar, atendiendo a la puntación, incluyendo el Ayuntamiento o Concejo beneficiario, el proyecto subvencionable y el importe de subvención propuesto. Igualmente, la citada Propuesta recogía la relación de solicitudes que se propone denegar y los motivos para ello.

Finalmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden de 2 de mayo de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como a los Concejos de los municipios alaveses para la elaboración de Planes de Acción del Paisaje para el ejercicio 2022, a la vista de la propuesta elevada por el Tribunal de valoración constituido al efecto,

RESUELVO:

Primero.– Conceder la subvención para la redacción de Planes de Acción de Paisaje a los Ayuntamientos y Concejos que se relacionan a continuación y por el importe que se cita:

(Véase el .PDF)

Segundo.– Denegar la subvención para la redacción de Planes de Acción de Paisaje a los Ayuntamientos que a continuación se citan y por los motivos que así mismo se recogen:

(Véase el .PDF)

Tercero.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco a los efectos de su notificación a todos los solicitantes.

Cuarto.– Ordenar, así mismo, la publicación de la presente Resolución en el Tablón de anuncios de la sede electrónica de Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Contra la presente Resolución cabrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de julio de 2022.

El Viceconsejero de Planificación Territorial y Agenda Urbana,

MIGUEL DE LOS TOYOS NAZABAL.


Análisis documental