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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 170, lunes 5 de septiembre de 2022


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
3886

RESOLUCIÓN 665/2022, de 2 de agosto, de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se hace pública la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de Jefe/a de Sección Corporativo Responsable de Calidad y Gestión de Servicio, en la Dirección Económico Financiera, Subdirección Informática y Sistemas de Información, Unidad Gobernanza TIC.

Encontrándose vacante el puesto de Jefe/a de Sección Corporativo Responsable de Calidad y Gestión de Servicio, en la Dirección Económico Financiera, Subdirección Informática y Sistemas de Información, Unidad Gobernanza TIC (Dirección General), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 Norma Común Tercera de la Ley 8/1997 de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza y en el Decreto 255/1997 de 11 de noviembre, esta Dirección de Recursos Humanos acuerda anunciar convocatoria pública para su provisión, por el procedimiento de libre designación, con arreglo a la adscripción y bases siguientes:

BASES

1.– Adscripción del puesto.

Adscripción: Dirección General de Osakidetza. Dirección Económica Financiera, Subdirección Informática y Sistemas de Información.

Jornada Partida. Vitoria-Gasteiz.

Perfil Lingüístico 3 de euskera (Sin fecha de preceptividad).

2.– Requisitos de participación.

Podrán participar en esta convocatoria quienes acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Ser estatutario, funcionario o laboral fijo en cualquier organización de servicios de Osakidetza, y tener plaza en propiedad en el grupo profesional A1/A2.

b) Experiencia profesional mínima de 4 años en el grupo profesional A1/A2.

c) Titulación académica: Licenciatura/Grado de Ingeniero de Informática, o titulación equivalente.

d) Resto de requisitos del Decreto 186/2005, de 19 de julio, y del Plan de Euskera de Osakidetza.

3.– Funciones del Puesto:

– Seguimiento y gestión de la calidad de los servicios corporativos de atención a usuarios: CAU Osakidetza y CAU Ciudadano.

– Seguimiento y gestión de la calidad de los servicios TIC que se imparten a la red de Osakidetza por parte de todos los agentes: Informática DG, Informática OSIS, EJIE y resto de proveedores.

– Seguimiento y gestión de la calidad de la Oficina Técnica de gestión de proyectos de Osakidetza.

– Coordinación e Interlocución con EJIE y otros proveedores.

– Gestión y seguimiento de contratos: EJIE y otros proveedores.

– Gestión de equipos y personas.

4.– Méritos a considerar.

Se valorarán la experiencia y conocimientos en las siguientes áreas:

– Estar en posesión de titulación universitaria superior como licenciado/ingeniero en informática.

– Conocimiento y experiencia demostrada en la estandarización de procesos siguiendo estándares metodológicos.

– Conocimiento y experiencia demostrada en coordinación de iniciativas corporativas.

– Conocimiento y experiencia demostrada en procesos ITIL.

– Conocimiento y experiencia demostrada en gestión de equipos.

– Formación y/o certificación en ITIL.

– Formación y/o certificación en proyectos.

Asimismo, se podrán aportar cuantos méritos se consideren de interés y añadan valora al desempeño de este puesto de trabajo.

5.– Conocimientos de euskera.

Se valorará conforme a lo previsto en el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en sus normas de desarrollo.

6.– Plazo y presentación de solicitudes.

Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Dirección de Recursos Humanos de Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOPV, a la siguiente dirección: c/ Álava n.º 45 CP: 01006 Vitoria-Gasteiz. También podrán presentarse en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los/as interesados/as deberán dirigir la solicitud con todos sus datos personales, acompañada de «curriculum vitae» documentado a la Dirección de Recursos Humanos de la Dirección General. La documentación deberá tener la siguiente forma:

– Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.

– Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario o estatutario o, en su caso, del documento que acredite la condición de laboral fijo.

– Fotocopia compulsada de la documentación que acredite el cumplimiento de requisitos.

– Fotocopia compulsada de todos los méritos a considerar.

No será preciso acreditar en la forma indicada en el párrafo anterior aquellos extremos que consten debidamente validados en la aplicación informática corporativa de CV, si bien esta circunstancia deberá hacerse constar en la solicitud que realice e l aspirante.

7.– Comisión de Valoración.

Se constituirá una Comisión de valoración presidida por la Subdirectora de Selección y Provisión de Recursos Humanos o persona en quien delegue, e integrado además por el Subdirector de Informática y Sistemas de Información, el Jefe de Servicio del Área de Tecnología (Subdirección de Informática y Sistemas de Información), y la Técnico de la Subdirección de Selección y Provisión de Recursos Humanos (que actuará como Secretaria con voz y voto).

La Comisión podrá acordar tras la valoración de las solicitudes realizar diligencias complementarias que se comunicarán a los aspirantes.

Efectuada la valoración de los aspirantes, y a la vista de la misma, se elevará propuesta a fin de formalizar el oportuno nombramiento. El tribunal podrá, previo informe motivado, proponer la declaración de desierta en caso de que los aspirantes no reúnan las condiciones exigidas.

Se levantará acta de cada sesión de la Comisión. En la misma constarán los aspirantes presentados, las diligencias complementarias realizadas (si las hubiera), así como los motivos tenidos en cuenta para la asignación del puesto a uno de ellos o, en su caso, para declarar desierta la convocatoria.

7.– Procedimiento de selección.

En ningún caso podrán considerarse los méritos que no se ostenten a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOPV, ni tampoco los que no hubieran sido debidamente alegados y acreditados antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

8.– Resolución que pone fin al procedimiento.

La finalización del procedimiento que aquí se inicia (asignación del puesto o declaración de desierta) se llevará a cabo mediante Resolución de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio de salud, que se publicará en la intranet y la página web corporativa de Osakidetza.

Dicha resolución surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el BOPV, salvo que en ella se disponga otra cosa.

9.– Recursos contra la presente Resolución.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de agosto de 2022.

La Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

LUISA LARRAURI EREÑOZAGA.


Análisis documental