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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 170, lunes 5 de septiembre de 2022


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
3884

RESOLUCIÓN 641/2022, de 7 de julio, de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se hace pública la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de Jefe/a de Servicio de Análisis de Recursos y Procesos Asistenciales de Subdirección Coordinación Hospitalaria, de la Dirección Asistencia Sanitaria en la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Encontrándose vacante el puesto de Jefe/a de Servicio de Subdirección Coordinación Hospitalaria en la Dirección de Asistencia Sanitaria (Dirección General), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 Norma Común Tercera de la Ley 8/1997 de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza y en el Decreto 255/1997 de 11 de noviembre, esta Dirección de Recursos Humanos acuerda anunciar convocatoria pública para su provisión, por el procedimiento de libre designación, con arreglo a la adscripción y bases siguientes.

BASES

1.– Adscripción del puesto.

Adscripción: Dirección de Asistencia Sanitaria, de la Subdirección Coordinación Hospitalaria, Unidad (Análisis de recursos y procesos asistenciales).

Jornada Partida. Vitoria-Gasteiz.

Perfil lingüístico 2 de euskera (Fecha de preceptividad: 00/00/0000).

2.– Requisitos de participación.

Podrán participar en esta convocatoria quienes acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos.

a) Ser estatutario/a, funcionario/a o laboral fijo en cualquier organización de servicios de Osakidetza, y tener plaza en propiedad en el grupo profesional A1/A2.

b) Experiencia profesional mínima de 2 años en el grupo profesional A1/A2.

c) Titulación académica: cualquier titulación de las exigidas en el grupo profesional A1.

d) Hallarse en posesión del perfil lingüístico 2 de euskera.

e) Resto de requisitos del Decreto 186/2005, de 19 de julio, y del Plan de Euskera de Osakidetza.

3.– Méritos a considerar.

Se valorarán la experiencia y conocimientos en las siguientes áreas:

– Experiencia y/o conocimientos en gestión hospitalaria.

– Conocimientos en trabajo en equipo.

– Capacidad y/o conocimientos en lectura crítica y evaluación de evidencia científica.

– Análisis de recursos y procesos asistenciales.

– Coordinación entre procesos hospitalarios y atención primaria.

– Homogeneización de procesos interhospitalarios.

– Análisis y propuestas de evaluación de tecnologías para Cartera de Servicios.

Asimismo, se podrán aportar cuantos méritos se consideren de interés y añadan valora al desempeño de este puesto de trabajo.

4.– Conocimientos de euskera.

Se valorará conforme a lo previsto en el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en sus normas de desarrollo.

5.– Plazo y presentación de solicitudes.

Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Dirección de Recursos Humanos de Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOPV en la siguiente dirección c/ Álava n.º 45 Vitoria-Gasteiz. También podrán presentarse en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los/as interesados/as deberán dirigir la solicitud con todos sus datos personales, acompañada de «curriculum vitae» documentado a la Dirección de Recursos Humanos de la Dirección General (c/ Álava, n.º 45, CP: 01006 Vitoria-Gasteiz). La documentación deberá tener la siguiente forma:

– Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.

– Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario o estatutario o, en su caso, del documento que acredite la condición de laboral fijo.

– Fotocopia compulsada de la documentación que acredite el cumplimiento de requisitos.

– Fotocopia compulsada de todos los méritos a considerar.

No será preciso acreditar en la forma indicada en el párrafo anterior aquellos extremos que consten debidamente validados en la aplicación informática corporativa de CV, si bien esta circunstancia deberá hacerse constar en la solicitud que realice el aspirante.

6.– Comisión de Valoración.

Se constituirá una Comisión de valoración presidida por la Subdirectora de Selección y Provisión de Recursos Humanos o persona en quien delegue, e integrado además por la Subdirectora para la Coordinación de la Atención Hospitalaria, Jefe de Servicio para la Coordinación de la Atención Hospitalaria y la Técnico Jurídico de Selección y Provisión (que actuará como Secretaria con voz y voto).

La Comisión podrá acordar tras la valoración de las solicitudes realizar diligencias complementarias que se comunicarán a los aspirantes.

Efectuada la valoración de los aspirantes, y a la vista de la misma, se elevará propuesta a fin de formalizar el oportuno nombramiento La Comisión podrá, previo informe motivado, proponer la declaración de desierta en caso de que los aspirantes no reúnan las condiciones exigidas.

Se levantará acta de cada sesión de la Comisión. En la misma constarán los aspirantes presentados, las diligencias complementarias realizadas (si las hubiera), así como los motivos tenidos en cuenta para la asignación del puesto a uno de ellos o, en su caso, para declarar desierta la convocatoria.

7.– Procedimiento de selección.

En ningún caso podrán considerarse los méritos que no se ostenten a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOPV, ni tampoco los que no hubieran sido debidamente alegados y acreditados antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

8.– Resolución que pone fin al procedimiento.

La finalización del procedimiento que aquí se inicia (asignación del puesto o declaración de desierta) se llevará a cabo mediante Resolución de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, que se publicará en la intranet y la página web corporativa de Osakidetza.

Dicha resolución surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el BOPV, salvo que en ella se disponga otra cosa.

9.– Recursos contra la presente Resolución.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante el Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de julio de 2022.

La Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

LUISA LARRAURI EREÑOZAGA.


Análisis documental