Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 23, miércoles 2 de febrero de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
561

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2021, del Director de Calidad e Industrias Alimentarias, por la que se conceden y deniegan ayudas solicitadas, en el ejercicio 2021, al amparo de la Orden de 28 de julio de 2021, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se procede a convocar ayudas a la promoción exterior de las empresas vinícolas, a través del «Programa Lehiatu Ardoa».

Vistas las solicitudes de ayuda presentadas al amparo de la Orden de 28 de julio de 2021, de la Consejera de Desarrollo Económico Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se procede a convocar ayudas a la promoción exterior de las empresas vinícolas, a través de la subvención de las misiones comerciales inversas, «Programa Lehiatu Ardoa», que se relacionan en los anexos I y II de la presente Resolución, así como la documentación junto con ellas aportadas, y cuyos números de expediente se indican en los citados anexos.

Considerando la propuesta de resolución elaborada por la Comisión de Valoración, constituida en aplicación del resuelvo decimoprimero de la Orden de convocatoria.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Conceder a los solicitantes que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución ayudas de minimis a la promoción exterior de las empresas vinícolas, recogidas en la Orden de 28 de julio de 2021, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente especificándose en el citado anexo, el importe del gasto subvencionable y la cantidad subvencionada como ayuda directa, siendo que la cuantía total asciende a 260.979,87 euros financiada con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El plazo de ejecución del gasto será el ejercicio presupuestario 2021. El abono de la subvención se realizará de acuerdo con las actividades de promoción presentadas por la empresa, y con lo establecido la Orden de 28 de julio de 2021.

La justificación de los gastos ejecutados deberá aportarse antes del 1 de marzo de 2022.

La no realización del gasto dentro del plazo establecido, o la falta de presentación en plazo de la documentación acreditativa de la realización del gasto, supondrá la pérdida del derecho a la percepción de la subvención y, en su caso, la iniciación del procedimiento de reintegro previsto en el resuelvo decimoquinto de la Orden de convocatoria.

Segundo.– Denegar a los solicitantes que se relacionan en el Anexo II de la presente Resolución, ayudas a la promoción exterior de las empresas vinícolas, a través de la subvención de las misiones comerciales inversas, recogidas en la Orden de 28 de julio de 2021, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Tercero.– Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa podrá el interesado interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de diciembre de 2021.

El Director de Calidad e Industrias Alimentarias,

RAÚL PÉREZ IRACHETA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental