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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 1, lunes 3 de enero de 2022


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO
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RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2021, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se hace público el agotamiento del crédito presupuestario, correspondiente al ejercicio 2021, destinado a la financiación de las ayudas a los contratos de relevo a los que se refiere el artículo 12.7 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

Mediante Resolución de 22 de abril de 2021, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, se publicó la convocatoria de ayudas al contrato de relevo para el ejercicio 2021, aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo de 21 de abril de 2021.

El artículo 8.3 de la mencionada convocatoria dispone que las solicitudes serán estudiadas por orden de presentación y que las ayudas se concederán en el mismo orden a aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria. El citado artículo establece, asimismo, que una vez agotada la dotación presupuestaria se procederá a la publicación de esta circunstancia en el BOPV mediante resolución de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y se denegarán las subvenciones a las solicitudes pendientes.

El artículo 2.1 de la convocatoria de ayudas al contrato de relevo para el año 2021, establece que el volumen total de las ayudas a conceder no superará cantidad presupuestada o la que resulte de su incremento, en el supuesto de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, circunstancia a la que se dará la oportuna publicidad mediante Resolución de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

De la misma forma, en el artículo 2.1 se da a conocer el importe total del crédito asignado a esta convocatoria para el año 2021.

Una vez agotados los recursos económicos destinados a las ayudas a los contratos de relevo,

RESUELVO:

Primero.– Hacer público que el crédito presupuestario asignado para el año 2021 a la financiación de las ayudas al contrato de relevo a los que se refiere el artículo 12.7 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre y que son de aplicación a los contratos de trabajo suscritos para prestar sus servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ha quedado agotado en fecha 14 de octubre de 2021 con el expediente presentado a las 14 horas y 42 minutos.

Segundo.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de diciembre de 2021.

La Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,

MARÍA GLORIA MÚGICA CONDE.


Análisis documental