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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 256, viernes 24 de diciembre de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
6396

RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2021, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba definitivamente el «Estudio Informativo de la estación de intercambio de Riberas de Loiola».

En abril de 2019 ETS publica el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares para la redacción del «Estudio Informativo de la Estación de Intercambio de Riberas de Loiola». En julio de 2019 es adjudicado el contrato para la prestación de dicho servicio a la UTE formada por TFP Getinsa Euroestudios y Asmatu, con firma del contrato en septiembre de 2019.

El objeto del estudio informativo que se aprueba mediante la presente Resolución es la definición del Intercambiador de Riberas de Loiola que permite la conexión entre la Línea E-2 Lasarte – Hendaia de ETS y la línea C-1 de Cercanías de ADIF.

El ámbito de la actuación del Estudio Informativo se sitúa en el sureste de Donostia / San Sebastián, en el cruce de la línea de Euskotren sobre la línea de ADIF en la zona residencial denominada Riberas del Loiola, sobre la margen exterior del Paseo de Zorroaga, en el extremo este del barrio de Amara Berri y al sur del nuevo desarrollo de Riberas de Loiola.

En la situación actual, la línea de Euskotren E2 Lasarte-Hendaia que discurre de sur a norte, se sitúa paralela al paseo de Zorroaga, cruza perpendicularmente sobre la línea de C1 de ADIF que discurre de este a oeste, dentro de la zona residencial denominada Riberas de Loiola, no existiendo estación, ni apeadero en ninguna de las dos líneas ferroviarias.

De esta forma, dada la lejanía de las estaciones más próximas, (Estación de Anoeta y Loiola en la línea de Euskotren y Apeadero de Loiola en la línea de ADIF), no es posible una función intercambiadora entre las dos líneas.

Esta nueva infraestructura se sitúa en la vertical del cruce de la actual línea férrea de Euskotren y la línea de cercanías C1 de ADIF y en paralelo a esta última, en el límite sur la Autovía del Urumea.

La construcción de una nueva estación en Riberas de Loiola da cobertura a dos modos de transporte: Metro y cercanías ADIF. Riberas de Loiola se considera el principal punto crítico para un adecuado intercambio metropolitano, por cuanto la posibilidad de realizar los transbordos en dicha zona permite acercar a la nueva línea de Metro barrios como Egia o Gros.

Para la ejecución de dicho Intercambiador se realiza un edificio de viajeros con dos andenes laterales, que obliga a desplazar las actuales vías de ETS hacia el este y también desplazar el Paseo de Zorroaga hacia el oeste para hacer hueco a dicho edificio.

Las vías de ADIF en este Estudio se desarrollan entre el paso superior de la Calle Gregorio Ordoñez y el túnel existente que pasa por debajo de la autovía GI-20. Estas vías cruzan por debajo del Paseo de Zorroaga y por debajo de las vías de ETS. La geometría de las vías de ADIF no se verá afectada por esta actuación.

Como primer aspecto a destacar, se trata de una estación en superficie, lo cual le confiere un carácter simbólico de cierta importancia. Además, como anteriormente se ha indicado, esta estación debe servir como punto de intercambio. Dada su situación relativamente periférica de la estación, gran parte del flujo de viajeros que utilicen la misma, procederá del intercambio de las diferentes líneas férreas.

Este nuevo Intercambiador también incluye la cobertura del 50 % de las vías de ADIF a lo largo de sus nuevos andenes con el fin de dotar de luz y ventilación a la estación y de un acceso directo a los mismos por la Avenida de Barcelona que se ejecutará en una segunda Fase, en función de la evolución de la demanda del Intercambiador.

Una vez se complete el intercambiador, el conjunto de la estación estará compuesto por dos partes claramente diferenciadas: por un lado, en superficie, los andenes e instalaciones correspondientes a Euskotren y por otro enterrados, los andenes e instalaciones del ferrocarril de cercanías de ADIF y entre ambas partes, se deberán disponer los correspondientes corredores, distribuidores y escaleras de comunicación. En el Proyecto Constructivo, deberán analizarse y definirse las salidas de emergencia necesarias para la correcta evacuación de los andenes.

Se ha determinado un plazo de ejecución de las obras de treinta y seis (36) meses.

El presupuesto base de licitación, IVA incluido, resulta de treinta y nueve millones cuatrocientos veintisiete mil ochocientos veintiún euros con sesenta y cinco céntimos (39.427.821,65 euros). El presupuesto de la obra completa, para conocimiento de la administración, IVA incluido, asciende a la cantidad de treinta y nueve millones cuatrocientos setenta y ocho mil ciento sesenta y cinco euros con treinta céntimos (39.478.165,30 euros).

El Estudio Informativo mencionado se sometió al trámite de información pública previsto en los artículos 5.5 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, y 10.5 del Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario. A este efecto, se aprobó la Resolución de 27 de mayo de 2021, de la directora de Infraestructuras del Transporte, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, en el Boletín Oficial de Bizkaia y en los correspondientes anuncios de prensa el día 28 de junio de 2021, así como expuesta durante el plazo de treinta días hábiles en las dependencias del Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián.

Durante el referido trámite se presentaron alegaciones, a las cuales se dieron respuestas individualizadas.

Este órgano es competente para la redacción y aprobación de los estudios y proyectos de la red de ferrocarril que no estén reservados al Consejo de Gobierno, según lo dispuesto en el artículo 16.2. c) del Decreto 11/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco.

Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Aprobar el expediente de información pública y audiencia y, definitivamente, el «Estudio Informativo de la estación de intercambio de Riberas de Loiola».

Esta resolución no es definitiva en vía administrativa, y, contra ella, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición, bien a este órgano, bien al Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de noviembre de 2021.

La Directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.


Análisis documental