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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 234, miércoles 24 de noviembre de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
5952

ORDEN de 25 de octubre de 2021, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la fundación denominada Fundación Ausolan.

En fecha 10 de marzo de 2021 tuvo entrada telemática en el Registro del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco de la constitución de la fundación denominada Fundación Ausolan. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente administrativo.

El 30 de septiembre de 2021, reunida la Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco al objeto de valorar la solicitud de inscripción en lo referente a la licitud e interés general de los fines de la fundación, así como la viabilidad de la misma, emitió informe favorable al efecto.

Según establece el artículo 3 de sus estatutos, la fundación denominada Fundación Ausolan tiene como fines los siguientes:

La promoción y apoyo de la economía social y/o del emprendizaje.

El apoyo a la educación y formación socio-cooperativa y profesional, así como la formación y educación de los socios trabajadores y trabajadores de las cooperativas o cualesquiera otros beneficiarios, en los principios cooperativos y en sus valores o en materias relacionadas con el trabajo y demás actividades cooperativas, y la difusión de las características del cooperativismo.

Apoyar la educación y formación, reglada o no, de cualquier grado.

Apoyar y fomentar la realización de actividades de carácter cultural, social, benéfico o asistencial por parte de asociaciones, agrupaciones y organizaciones.

El impulso de las relaciones, la solidaridad e intercooperación entre entidades de economía social y de estas con personas físicas o jurídicas que pudieran resultar beneficiarias de la Fundación o coadyuvar a la realización de los fines fundacionales.

El fomento de la investigación científica y el desarrollo tecnológico, apoyando iniciativas que supongan tanto la promoción de nuevas actividades, como el apoyo a proyectos de especial interés empresarial o estratégico.

Fomento de la creación y mantenimiento de puestos de trabajo, apoyando especialmente las actividades que tiendan a promover o garantizar la estabilidad del empleo.

Promoción de la acción social.

Educativos, culturales, deportivos, sanitarios y laborales.

Cooperación y educación al desarrollo.

Defensa del medio ambiente y del patrimonio.

Desarrollo comunitario.

Diversidad lingüística y cultural vasca.

Promoción del voluntariado y defensa de la tolerancia.

Fomento de la igualdad de oportunidades.

El ámbito territorial principal de desarrollo de actividades será la Comunidad Autónoma del País Vasco, estableciéndose su domicilio en Avenida Uribarri, 35-37, Mondragón, Gipuzkoa.

La dotación fundacional se establece en la cantidad de 30.000 euros, cuya aportación por parte de la persona fundadora, Auzo Lagun S. Coop., consta acreditada en la escritura de constitución otorgada en Mondragón, el 26 de febrero de 2021, ante el notario don. Iñigo Irache Varona (número de protocolo: 302).

El artículo 8 de los estatutos establece que el patronato estará constituido por un mínimo de tres y un máximo de nueve miembros.

Inicialmente, lo componen las siguientes personas, designadas por acuerdo de la fundadora, tal y como se recoge en la mentada escritura de constitución:

– Presidenta: doña María Marín Bueno, vocal del Consejo Rector de Auzo Lagun, S. Coop.

– Vicepresidente: don Joseba Andoni Jainaga Uriarte, socio de Auzo Lagun, S. Coop.

– Secretario (no miembro): don Gonzalo Loro Periáñez.

Vocales:

– Doña María Teresa Jauregui Aguirre, Presidenta del Consejo Rector de Auzo Lagun, S. Coop.

– Doña Irune Arrazola Arieta-Arauñabeña, Vicepreseidenta del Consejo Rector de Auzo Lagun, S. Coop.

– Doña Estíbaliz Elorza Dorado, vocal del Consejo Rector de Auzo Lagun, S. Coop.

– Aitor Padilla Huidobro, vocal del Consejo Rector de Auzo Lagun, S. Coop.

– Doña Laura Rodríguez González, Directora general de Auzo Lagun, S. Coop.

– Doña Sonia Viamonte Santillán, vocal del Consejo Social de Auzo Lagun, S. Coop.

Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de constitución, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 8/2021 de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 2, 4, 6, 7 y 8 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 48 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo único.– Practicar la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco de la constitución de la fundación denominada Fundación Ausolan, con fecha de la presente Orden y bajo el número de registro F-471, así como de la composición inicial de su patronato en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 26 de febrero de 2021, en Mondragón, ante el notario don Iñigo Irache Varona (número de protocolo 302).

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y la notificación de la misma a las personas interesadas.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de octubre de 2021.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental