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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 143, martes 20 de julio de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
4084

RESOLUCIÓN 45/2021, de 14 de julio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de otorgamiento de licencia para la prestación del servicio de comunicación radiofónica, a favor de la sociedad Radio El Correo, S.L.U., en ejecución de la Sentencia n.º 35/2021 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 13 de julio de 2021, el Acuerdo de otorgamiento de licencia para la prestación del servicio de comunicación radiofónica, a favor de la sociedad Radio El Correo, S.L.U., en ejecución de la Sentencia n.º 35/2021 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo de otorgamiento de licencia para la prestación del servicio de comunicación radiofónica, a favor de la sociedad Radio El Correo, S.L.U., en ejecución de la Sentencia n.º 35/2021 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 14 de julio de 2021.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 45/2021, DE 14 DE JULIO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
ACUERDO DE OTORGAMIENTO DE LICENCIA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMUNICACIÓN RADIOFÓNICA, A FAVOR DE LA SOCIEDAD RADIO EL CORREO, S.L.U., EN EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA N.º 35/2021 DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO

A fecha 28 de enero de 2021 ha sido dictada Sentencia n.º 35/2021 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el procedimiento ordinario número 761/2019 (recurso núm. 761/2019), sentencia declarada firme mediante decreto del letrado del tribunal de fecha 31 de marzo de 2021. A tal efecto, en cumplimiento de la misma, el Consejero de Cultura y Política Lingüística ha emitido la Orden de 9 de abril de 2021, ordenando se cumpla, en sus propios términos dicha sentencia.

La sentencia ha sido emitida en resolución del recurso contencioso-administrativo presentado a instancia de Radio El Correo, S.L.U. contra el acuerdo, de diez de septiembre de 2019, del Consejo de Gobierno por el cual se desestimó el recurso de reposición planteado contra el acuerdo, de diecinueve de febrero de 2019, de otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia, derivado de la convocatoria de concurso público aprobada mediante Orden de veintinueve de febrero de 2012.

En dicha sentencia se recoge literalmente lo siguiente en relación al contenido de lo solicitado en el recurso estimado por el Tribunal:

«1) Se anularan y dejaran sin efecto el acuerdo de Consejo de Gobierno del País Vasco, de diecinueve de febrero de 2019, de otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia, derivado de la convocatoria de concurso público aprobada mediante orden del veintinueve de febrero de 2012, en lo concerniente a la adjudicación de las licencias en las frecuencias 95.1 MHz (código 6 BIZ; Bilbao) y 104.6 MHz (código 19 AR; Vitoria-Gasteiz); y el acuerdo del Consejo de Gobierno Vasco, de diez de septiembre de 2019, por el que se desestimó el recurso de reposición formulado por El Correo contra el acuerdo de diecinueve de febrero de 2019.

2) Se ordenará la retroacción de las actuaciones y el otorgamiento de las licencias en las frecuencias 95.1 MHz (código 6 BIZ; Bilbao) y 104.6 MHz (código 19 AR; Vitoria-Gasteiz) a El Correo, de conformidad con las adjudicaciones propuestas en el acta de la reunión de la mesa de valoración aprobada el cuatro de octubre de 2012».

En consecuencia, el presente acuerdo se adopta en ejecución de dicha sentencia, en la que, estimando el recurso presentado por Radio El Correo, S.L.U., se ordena por el Tribunal la «retroacción de las actuaciones del concurso al momento previo» al dictado del acuerdo recurrido «para que se continúe con la adjudicación de licencias conforme a lo propuesto por la mesa de valoración en el acta aprobada el cuatro de octubre de 2012».

En cumplimiento de lo dispuesto en el fallo, la Mesa de Valoración del concurso, debidamente constituida al efecto, una vez retrotraído el procedimiento y cumplimentados los trámites al efecto previstos en las Bases del concurso, en su reunión de fecha 26 de mayo de 2021, ha aprobado finalmente sea elevada al Consejo de Gobierno la propuesta de adjudicación de licencias correspondientes a Radio El Correo, S.L.U. «conforme a lo propuesto por la mesa de valoración en el acta aprobada el cuatro de octubre de 2012».

A tenor de la Base vigesimoséptima, el otorgamiento de las licencias se acordará por el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero Cultura y Política Lingüística, y a la vista de la propuesta formulada por la Mesa de Valoración. El acto de resolución del otorgamiento de las licencias deberá publicarse en el Boletín Oficial del País Vasco y ser notificado individualmente en los términos previstos en las Bases del concurso e igualmente a tenor de lo dispuesto en el Decreto 231/2011, de 8 de noviembre, sobre la Comunicación Audiovisual. Según lo dispuesto en la Base vigesimoctava, una vez notificado el otorgamiento de la licencia, en el plazo de un mes se suscribirá el oportuno documento administrativo, al que se incorporarán los compromisos asumidos por el licitador en su oferta técnica, que serán de obligado cumplimiento para el prestador del servicio.

En su virtud, en ejecución del fallo emitido en sus propios términos y en cumplimientos de la adjudicación ordenada por el Tribunal de las licencias afectadas por la decisión judicial; a propuesta del Consejero de Cultura y Política Lingüística, y previa deliberación, en la sesión celebrada el día 13 de julio de 2021, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.– Anular la adjudicación de las licencias de comunicación radiofónica correspondientes a las frecuencias 95.1 MHz de la localidad de Bilbao (código 6) y 104.6 MHz de la localidad de Vitoria-Gasteiz (código 19), acordadas a favor de las sociedades RK 20, S.L. y Uniprex, S.A.U. respectivamente, aprobada en el Acuerdo de Consejo de Gobierno, de diecinueve de febrero de 2019, de otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia, derivado de la convocatoria de concurso público aprobada mediante Orden de veintinueve de febrero de 2012.

Segundo.– Otorgar a favor de la sociedad Radio El Correo, S.L.U. las licencias del servicio de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia cuya descripción, a tenor de lo dispuesto en las Bases del concurso público convocado mediante Orden de 29 de febrero de 2012, de la Consejera de Cultura, se corresponde con la relación recogida a continuación:

(Véase el .PDF)

Los parámetros técnicos correspondientes a las licencias son los siguientes:

(Véase el .PDF)

Tercero.– Formalizar los documentos administrativos previstos en la Base vigesimoctava del concurso público de referencia, cuya competencia corresponde a la titular de la Dirección de Gabinete y Medios de Comunicación Social del Departamento de Cultura y Política Lingüística en ejercicio de las funciones de gestión administrativa propias relativas a la suscripción de los títulos jurídicos requeridos para la prestación de servicios de comunicación audiovisual. A dichos documentos administrativos se incorporará la vinculación de cada adjudicatario a los compromisos asumidos en la oferta presentada a la licitación, que serán de obligado cumplimiento; así como las condiciones de prestación del servicio con indicación de las que tengan consideración de esenciales a tenor de lo establecido en la base décima de la convocatoria.

Cuarto.– Notificar el presente acuerdo individualmente a la sociedad adjudicataria, así como al resto de personas interesadas.

Quinto.– Por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento se ordenará la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del País Vasco.


Análisis documental