Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 94, viernes 14 de mayo de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
2760

DECRETO 135/2021, de 11 de mayo, por el que se renueva el nombramiento de un vocal del Consejo de Coordinación de Enseñanza Pública Universitaria, designado por el Consejero de Educación.

Por el artículo 14 de la Ley 19/1998, de 29 de junio, de Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, fue creado el Consejo de Coordinación de la Enseñanza Pública Universitaria.

El Decreto 314/1998, de 17 de noviembre, regula el Consejo de Coordinación de la Enseñanza Pública Universitaria. En su artículo 3.1.b) se establece que formarán parte del Consejo, entre otros, «cinco vocales en representación del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, por designación de su titular».

La Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, en su artículo 68.1 declara que dicho Consejo es el órgano de coordinación, asesoramiento y participación para la determinación de las finalidades y objetivos del Sistema Universitario público. Por su parte, el artículo 68.2 establece que este órgano estará presidido por la Consejera o Consejero titular del Departamento competente en materia de Universidades o persona en quien delegue. Según se dispone en su letra a), estará compuesto, entre otros, por seis vocales en representación del Departamento competente en materia de Universidades, designados por su titular.

El Decreto 108/2006, de 23 de mayo, modifica el artículo 3 del Decreto 314/1998, de 17 de noviembre, relativo a la composición del Consejo, para adaptarlo a lo establecido en la Ley 3/2004.

Según establece el artículo 7.2 del Decreto 314/1998, de 17 de noviembre, por el que se regula el Consejo de Coordinación de la Enseñanza Pública Universitaria, los miembros designados por el Consejero de Educación, Universidades e Investigación ejercerán sus funciones por periodo de cuatro años desde la fecha de su nombramiento y cesarán en sus funciones, entre otros supuestos, por expiración del mandato.

Por Decreto 159/2017, de 23 de mayo (BOPV de 26 de mayo) fue nombrado como vocal del Consejo de Coordinación de la Enseñanza Pública Universitaria, por designación de la Consejera de Educación, D. Jorge Arévalo Turrillas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y previa deliberación y aprobación por el Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 11 de mayo de 2021,

DISPONGO:

Artículo único.– Habiendo transcurrido el periodo de 4 años a que se refiere el artículo 7.2 del Decreto 314/1998, de 17 de noviembre, por el que se regula el Consejo de Coordinación de la Enseñanza Pública Universitaria, se procede a renovar por otros cuatro años, el nombramiento como vocal del Consejo de Coordinación de la Enseñanza Pública Universitaria por designación del Consejero de Educación, a D. Jorge Arévalo Turrillas, Viceconsejero de Formación Profesional, con efectos de 15 de mayo de 2021.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 11 de mayo de 2021.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.


Análisis documental