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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 63, lunes 29 de marzo de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
1844

RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2021, del Delegado Territorial de Álava, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación correspondiente al proyecto «Línea aérea S.C. a 13,2 kV enlace entre el apoyo 103 de la línea aérea a 13,2 kV «Oyón-Casablanca» y el apoyo 560 de la línea aérea a 13,2kV «Laguardia-El Villar», en el término municipal de Lanciego (Álava)» y se declara la utilidad pública de la misma.

N.º expediente: 01ATY 202000040.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– Con fecha 3 de agosto de 2020 I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. solicitó la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de la utilidad pública del proyecto de línea aérea S.C. a 13,2 kV enlace entre el apoyo 103 de la línea aérea a 13,2 kV «Oyón-Casablanca» y el apoyo 560 de la línea aérea a 13,2kV «Laguardia-El Villar», en el término municipal de Lanciego (Álava).

2.– En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 48/2020, de 31 de marzo por el que se regulan los procedimientos de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, así como de las acometidas, líneas directas, e instalaciones de conexión de consumidores y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en los artículos 17.2 y 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y 56 de su Reglamento de 26 de abril de 1957, dicho proyecto ha sido sometido a información pública, junto con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos que el peticionario considera de necesaria expropiación.

3.– A tales efectos, dentro del trámite de información pública se publicó el Anuncio en el tablón del Ayuntamiento de Lanciego, en el BOTHA, de fecha 29 de enero de 2021, en el BOPV, de fecha 13 de enero de 2021, en el periódico «Diario Noticias de Álava» el 21 de diciembre de 2020 y en el periódico «El Correo» el 29 de diciembre de 2020.

4.– Con carácter simultáneo al trámite de información pública este Departamento ha enviado la separata correspondiente al Ayuntamiento de Lanciego, quien no ha presentado condicionado técnico en plazo; a la Diputación Foral de Álava (Departamento de Agricultura, Servicio Desarrollo Agrario); Diputación Foral de Álava (Departamento de Cultura y Deporte, servicio de Patrimonio Cultural), habiendo presentado informe tanto la dirección de Cultura como el Servicio de Museos y Arqueología de la Diputación Foral de Álava, que han sido notificados a la peticionaria; a URA-Agencia Vasca del Agua, Comunidad de Regantes de Lanvi y a Acciona Energía con fecha 14 de enero de 2021, quienes no han presentado alegaciones en plazo.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

1.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Ley de 26 de abril de 1957 de expropiación forzosa, Decreto 48/2020, de 31 de marzo del Gobierno Vasco; Resolución de 8 de marzo de 2011 del Director de Energía y Minas por la que se establecen prescripciones específicas para el paso de líneas de alta tensión por zonas de arbolado.

2.– La presente Resolución se dicta de conformidad con la Resolución de 16 de marzo de 2018 del Director de Energía, Minas y Administración Industrial que delega en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente el ejercicio de la competencia sobre determinadas materias en el área de energía, administración de industria y seguridad industrial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el Delegado Territorial de Álava

RESUELVE:

Primero.– Conceder a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el proyecto de línea aérea S.C. a 13,2 kV enlace entre el apoyo 103 de la línea áerea a 13,2 kV «Oyón-Casablanca» y el apoyo 560 de la línea aérea a 13,2kV «Laguardia-El Villar», en el término municipal de Lanciego (Álava).

Segundo.– Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación referenciada.

Tercero.– Esta resolución se concede con las condiciones generales siguientes:

1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2.– El plazo de puesta en marcha será de dos años contado a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya solicitado la autorización de explotación de la instalación, se podrá declarar la caducidad de la presente Resolución.

3.– El titular de las instalaciones, una vez ejecutado el proyecto, y tras las comprobaciones reglamentarias, dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Álava a efectos de la autorización de explotación y puesta en servicio, acompañando la documentación que se indique en los reglamentos técnicos de aplicación.

4.– La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Así mismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de marzo de 2021.

El Delegado Territorial de Álava,

JESÚS PASCUAL LORENTE.


Análisis documental