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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 254, lunes 21 de diciembre de 2020


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
5459

DECRETO 277/2020, de 9 de diciembre, por el que se autoriza a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial la toma de participación en la ampliación de capital de la sociedad Agencia Vasca de Internacionalización-Basque Trade and Investment, S.A. y se autoriza la modificación del artículo 6 de los estatutos sociales de dicha sociedad.

El Consejo de Administración de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial acordó en su reunión del día 22 de junio de 2020 dirigirse al Gobierno Vasco para que, en virtud del apartado 5, punto c) de la Disposición Adicional 13 de la Ley 5/2017, de 22 de diciembre, de aprobación de los presupuestos de la CAE, conceda autorización a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, para participar en la ampliación de capital de la sociedad Agencia Vasca de Internacionalización-Basque Trade and Investment, S.A. por un importe total de 15.000 euros, equivalente al 100 % de la misma. Tras esta operación, la participación de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial en esta empresa será del 100 %.

El artículo 110.1 del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, establece que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno, por decreto, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento al que, directamente o a través de un ente instrumental, se encuentre o vaya a encontrarse vinculada la sociedad. El decreto será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de su eficacia desde la fecha en que se dicte.

El decreto que autorice la adquisición de valores representativos de capital, salvo que se trate de adquisición a título gratuito, indicará necesariamente el objeto social y el porcentaje de participación, directa o indirecta, que tendrá la Comunidad Autónoma en la sociedad.

El objeto social de la sociedad Agencia Vasca de Internacionalización-Basque Trade and Investment, S.A. es promover la internacionalización de la economía y de las empresas vascas, dando soporte a las empresas en su proyección internacional, así como a los agentes competentes, en la atracción de inversiones externas a la Comunidad Autónoma Vasca.

En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Desarrollo Económico Sostenibilidad y Medio Ambiente y del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 9 de diciembre de 2020,

DISPONGO:

Artículo 1.– Autorizar a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial la suscripción y desemboloso de la ampliación de capital de la sociedad Agencia Vasca de Internacionalización-Basque Trade and Investment, S.A. por un importe total de 15.000 euros, equivalente al 100 % de la misma. Tras esta operación, la participación de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial en esta empresa será del 100 %.

Artículo 2.– Se autoriza a los/as representantes de las acciones titularidad de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial para prestar su conformidad a la modificación del artículo 6 de los estatutos sociales de la sociedad Agencia Vasca de Internacionalización-Basque Trade and Investment, S.A. como consecuencia de la ampliación de capital, que queda redactado del siguiente modo:

«El Capital Social se fija en setenta y cinco mil euros (75.000), representado por 750 acciones nominativas, de cien euros nominales cada una de ellas que constituyen una sola clase, numeradas correlativamente del uno (l) al setecientos cincuenta (750), ambos inclusive, con los mismos derechos políticos y económicos y que están íntegramente suscritas, y totalmente desembolsadas».

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos el día de su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 9 de diciembre de 2020.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.

El Consejero de Economía y Hacienda,

PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.


Análisis documental