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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 46, viernes 6 de marzo de 2020


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

ENTE VASCO DE LA ENERGÍA
1406

RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2020, del Director General del Ente Vasco de la Energía, de modificación de la Resolución de 17 de enero de 2020, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de ayudas a inversiones en transporte y movilidad eficiente – Año 2020.

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

Advertidos errores y omisiones de dicha índole en el texto de la Resolución de 17 de enero de 2020, del Director General del EVE por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de ayudas a inversiones en transporte y movilidad eficiente – Año 2020, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 19, de 29 de enero de 2020, se procede a su modificación.

En la página 2020/430 (10/36), de las Bases que rigen el mencionado programa de ayudas, en su punto 4. Actuaciones subvencionables y cuantía de las ayudas, apartado Medida 2 Recarga eléctrica y combustibles alternativos, subapartado Línea 2.1 Instalaciones troncales en garajes colectivos,

Donde dice:

«Las actuaciones de esta línea tendrán una ayuda del 100% del coste subvencionable, estableciéndose una cuantía máxima de la ayuda equivalente a 200 euros por plaza de aparcamiento para el que se haya dimensionado la instalación troncal objeto de subvención. En esta línea, el IVA se considerará gasto subvencionable excepto cuando, por la naturaleza jurídica del solicitante, sea susceptible de recuperación o compensación».

Debe decir:

«Las actuaciones de esta línea tendrán una ayuda del 100% del coste subvencionable, estableciéndose una cuantía máxima de la ayuda equivalente a 200 euros por plaza de aparcamiento para el que se haya dimensionado la instalación troncal objeto de subvención. En esta línea, el IVA se considerará gasto subvencionable excepto cuando, por la naturaleza jurídica del solicitante, sea susceptible de recuperación o compensación. Esta ayuda solo podrá solicitarse cuando se asocie con otra solicitud a la Línea 2.2, Puntos de recarga del vehículo eléctrico, para la instalación un punto de recarga en el mismo garaje. La ayuda solo se abonará cuando ambas actuaciones estén realizadas. El punto de recarga vinculado tendrá que utilizar la instalación troncal.».

En la página 2020/430 (25/36), de las Bases que rigen el mencionado programa de ayudas, en su punto 8. Solicitud de ayuda, apartado Documentación técnica, Medida 2 Recarga eléctrica y combustibles alternativos,

Donde dice:

«Características técnicas de la instalación de recarga (tipo de conector, potencia).».

Debe decir:

«Características técnicas de la instalación de recarga (tipo de conector, potencia). Declaración informando de que la solicitud viene acompañada de una instalación individual según lo establecido en la Línea 2.2 de puntos de recarga del vehículo eléctrico.».

En la página 2020/430 (31/36), de las Bases que rigen el mencionado programa de ayudas, en su punto 10. Abono de las ayudas, apartado Documentación técnica, Medida 2 Recarga eléctrica y combustibles alternativos,

Donde dice:

«Documento que acredite que en el garaje existe un vehículo eléctrico con punto de recarga asociado (permiso de circulación del vehículo, por ejemplo).».

Debe decir:

«Documento que acredite que en el garaje existe un vehículo eléctrico con punto de recarga asociado (permiso de circulación del vehículo, por ejemplo) y copia del contrato de suministro de electricidad con la empresa que suministra el servicio de recarga.».

En Bilbao, a 17 de febrero de 2020.

El Director General,

IÑIGO ANSOLA KAREAGA.


Análisis documental