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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 234, martes 10 de diciembre de 2019


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
5655

RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2019, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se conceden ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2019.

Por Resolución de 28 de mayo de 2019, del Secretario General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación (Boletín Oficial del País Vasco n.º 104, de 4 de junio), fueron convocadas las ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2019.

A la vista de la propuesta de concesión de las ayudas efectuada de acuerdo a lo que establece el artículo 9 de la referida Resolución de convocatoria, tras haber sido realizado el análisis técnico y la valoración de las solicitudes de ayudas por el Servicio de Coordinación Técnica de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, y tras su aprobación en el Consejo Rector en sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2019,

RESUELVO:

Primero.– Conceder las ayudas convocadas por Resolución de 28 de mayo de 2019, del Secretario General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación, a las entidades recogidas en el Anexo I de la Resolución, por el importe y en los términos que se indican en el mismo.

Segundo.– Denegar las ayudas a las entidades que se relacionan en el Anexo II por los motivos que se indican en el mismo.

Tercero.– Excluir las solicitudes presentas por las entidades relacionadas en el Anexo III, por las razones que se indican en el mismo.

Cuarto.– Tener por desistidas las solicitudes presentas por las entidades relacionadas en el Anexo IV.

Quinto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento, en el Boletín Oficial del País Vasco.

Sexto.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidenta de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de diciembre de 2019.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.

(Véase el .PDF)

Análisis documental