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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 100, miércoles 29 de mayo de 2019


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3 DE BERGARA
2575

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 300/2018.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Bergara – Unidad Procesal de Apoyo Directo.

Juicio: juicio verbal 300/2018.

Sobre: reclamación de cantidad.

Demandado: Montajes Zertu S.L.

En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia 31/2019, quedando la referida resolución a disposión de la parte demandada en esta Oficina Judicial, siendo el modo e impugnación del mismo: recurso de apelación ante este tribunal, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículo 454 bis de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 454 bis de la LEC).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 1876 0000 08 0062 18, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 01-Revisión. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

En Bergara, a 30 de abril de 2019.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental