Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 100, miércoles 29 de mayo de 2019


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3 DE BARAKALDO
2574

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 934/2017 seguido sobre división de cosa común.

Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Barakaldo-Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil.

Juicio: procedimiento ordinario 934/2017.

Demandante: Maria Isabel Villar Bautista.

Abogado: Alberto Modrego Revilla.

Procuradora: Veronica Vazquez Fontao.

Demandado/a: Herencia Yacente de Jose Luis Villar Bautista y Francisca Parejo Jimenez.

Sobre: division de cosa común.

En el referido juicio se ha dictado Sentencia de fecha 13-02-2019, en la que el fallo es el siguiente:

Sentencia n.º 54/2019

Magistrada-Juez que la dicta: D.ª Julia Sauri Martin.

Lugar: Barakaldo (Bizkaia).

Fecha: trece de febrero de dos mil diecinueve.

Parte demandante: Maria Isabel Villar Bautista.

Abogado: D. Alberto Modrego Revilla.

Procuradora: D.ª Veronica Vazquez Fontao.

Parte demandada: Herencia Yacente de Jose Luis Villar Bautista y Francisca Parejo Jimenez.

Objeto del juicio: division cosa común.

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por la Procuradora D.ª Verónica Vázquez Fontao, en nombre y representación de D.ª María Isabel Villar Bautista contra la Herencia Yacente de D. José Luis Villar Bautista, D.ª Francisca Parejo Jiménez, en representación de sus hijos XXXXX, XXXXX e XXXXX Villar Parejo y Declaro, sin especial pronunciamiento en costas:

1.– Extinguido el condominio que ostentan las partes de las viviendas: 1) Vivienda Urbana Sita en el n.º 5 de la Calle de Antonio Miranda de Barakaldo, inscrita en el Tomo 1484, Libro 289, folio 126, Finca 18.218 del Registro de la Propiedad de Barakaldo.

2) Vivienda Urbana Sita en la calle Barrio San Francisco n.º 3 de Medina de Pomar, inscrita en el Tomo 1.309, Libro 41 de Medina de Pomar, Folio 164, Finca 4.550, del Registro de la Propiedad de Villarcayo.

Que los inmuebles descritos tienen naturaleza de Indivisible.

2.– Que se proceda a la venta de dichos inmuebles en pública subasta con intervención de licitadores extraños, y el producto obtenido en la misma, una vez deducidos los correspondientes gastos, se reparta entre los condóminos en proporción del derecho de cada propietario en la comunidad, y sirva la tasación formulada por la actora como tipo para la subasta.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458. 2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 353200004093417 campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02–Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia coma lo pronuncio mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./D.ª Idoia Villar Parejo, Herencia Yacente de Jose Luis Villar Bautista, Francisca Parejo Jimenez, Ainhoa Villar Parejo y Gonzalo Villar Parejo y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/ 2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín oficial de/l la comunidad autónoma del País Vasco. Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica esta disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Barakaldo (Bizkaia), a 5 de abril de 2019.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental