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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 239, jueves 13 de diciembre de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 6 DE VITORIA-GASTEIZ
6109

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 624/2018.

Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil – Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: juicio verbal 624/2018.

Demandante: BK Consulting Abogados & Asesores, S.A.

Abogado: Daniel Fraile Corujo.

Procurador/a.

Demandado/a: Zeebra Academy, S.L.

Sobre.

En el referido juicio se ha dictado el 15-11-2018 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

Sentencia n.º 247/2018

Juez que la dicta: D.ª Susana Diez Martinez de Lahidalga.

Lugar: Vitoria-Gasteiz.

Fecha: quince de noviembre de dos mil dieciocho.

Parte demandante: BK Consulting Abogados & Asesores, S.A.

Abogado/a: D. Daniel Fraile Corujo.

Procurador/a.

Parte demandada: Zeebra Academy, S.L.

Abogado/a.

Procurador/a.

Objeto del juicio: contratos en General.

FALLO

Estimo la demanda formulada por D. Raúl Barambones Gibello, en nombre y representación de la entidad Consulting Abogados & Asesores, S.A., frente a la entidad Zeebra Academy, S.L., y en su virtud, condeno a la referida demandada al pago al actor de la suma de 1.119,33 euros, intereses del artículo 576 de la LEC y costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de apelación, de conformidad con la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, publicada el día 11 de octubre de 2011 en el BOE, y que entró en vigor el día 1 de noviembre del mismo año, que modifica el artículo 455.1 de la LEC, y según interpretación de la Disposición Transitoria Única.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./D.ª Zeebra Academy S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de noviembre de 2018.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental