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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 173, viernes 7 de septiembre de 2018


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AYUNTAMIENTO DE ZARAUTZ
4457

ANUNCIO relativo a la aprobación definitiva del mapa de ruido del municipio de Zarautz.

El Sr. Alcalde, con fecha 10 de agosto de 2018, dictó el siguiente Decreto (n.º 1183):

De conformidad con el Decreto 213/2012 de contaminación acústica de la CAPV, los ayuntamientos de más de 10.000 habitantes deberán hacer un mapa de ruido que contemple la evaluación del impacto del ruido de todos los focos emisores relevantes sobre las áreas urbanizadas existentes y de futuro desarrollo.

El ayuntamiento de Zarautz adjudicó a la sociedad AAC Centro Acústica Aplicada, S.L. el contrato para la redacción del mapa de ruido de Zarautz.

El Ayuntamiento, mediante Decreto de Alcaldía de 23 de abril de 2018 (n.º 0592) aprobó inicialmente el mapa de ruido de Zarautz. En el período de exposición pública e presentaron cuatro escritos de alegaciones que fueron informadas por el equipo redactor y por el Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente.

El mapa de ruido y los informes a las alegaciones fueron dados a conocer en la comisión informativa de Territorio.

A propuesta del Departamento Urbanismo y Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.– Dar respuesta a las alegaciones conforme a lo siguiente:

a) Xabier Erauskin Epelde eta Luis-M.ª Epelde Arrillaga. Dentro del plan de acción a elaborar tras la aprobación del mapa de ruido se analizarán las medidas propuestas para reducir el ruido (las relativas a la N-634 y las paradas de autobús en dicha carretera, el ruido producido por el ocio nocturno...).

b) Orokieta Herri Ikastetxea. Tomar en consideración su disposición a participar en el plan de acción, máxime teniendo en cuenta los niveles de ruido que soportan los dos centros Orokieta.

c) Kattalin Urzelai Gonzalez-Etxabarri:

– Estimar en parte las alegaciones. En consecuencia, se recogerá el análisis de los edificios sensibles y se modificará el texto relativo a las zonas tranquilas del municipio.

– Otros aspectos citados en la alegación, por ejemplo, los relativos a determinados focos de ruido no recogidos en el mapa de ruido, se tendrán en cuenta al definir el plan de acción.

d) Jabier Urzelai Loinatz. Dentro del plan de acción a elaborar tras la aprobación del mapa de ruido se analizarán los problemas expuestos (relativos a calle Matxitxako).

Segundo.– Aprobar definitivamente el mapa de ruido de Zarautz. El documento aprobado es el redactado por la sociedad AAC Centro Acústica Aplicada, S.L. de fecha julio de 2018. En el mismo se han recogido las modificaciones derivadas de la estimación parcial de alegaciones.

Tercero.– El acuerdo se publicará en los boletines oficiales de Gipuzkoa y del País Vasco. Igualmente se remitirá un ejemplar del mapa de ruido al Gobierno Vasco y a la Diputación Foral.

Lo que se publica para general conocimiento y efectos, con indicación de que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

recurso de reposición, con carácter potestativo, ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del acuerdo. El recurso se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su interposición, sin que se notificara la resolución. O bien directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses a contar del día de su publicación, o seis meses en el caso de desestimación por silencio administrativo; todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Zarautz, a 27 de agosto de 2018.

El Alcalde,

XABIER TXURRUKA FERNANDEZ.


Análisis documental