
N.º 73, martes 17 de abril de 2018
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE BILBAO
2022
EDICTO dimanante del expediente de vigilancia penitenciaria n.º 9235/2016.
D.ª Maria Dublang Cabrera, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Bilbao (Bizkaia), hago saber:
Que en este Juzgado y con el n.º 9235/2016 se sigue expediente al penado Youness El Bouhdidi, natural de Tetuan-Marruecos, nacido el 17-11-1994, NIE n.º XY2167020C, y actualmente en ignorado paradero, en el cual se ha dictado el día 20-03-2018 Auto, cuyos antecedentes de hechos y acuerda, son del tenor literal siguiente:
AUTO
En Bilbao (Bizkaia), a 20 de marzo de 2018.
HECHOS
Primero.– Con fecha 04-01-2017 se toma conocimiento en el presente expediente del plan de ejecución de cumplimiento de 17 jornadas de trabajo en beneficio de la comunidad impuestas al penado Youness El Bouhdidi en la causa 80/16 del Juzgado de Instrucción 5 de Bilbao.
Segundo.– Con fecha 08-06-2017 se recibe del Servicio Vasco de Gestión de Penas de Bizkaia informe en el cual se participa que tras haber realizado 8 jornadas el penado ha abandonado el cumplimiento desconociendo los motivos y circunstancias.
Tercero.– Por este Juzgado se acuerda la obligación al penado de comparecer ante dichos servicios para elaborar nuevo plan de ejecución, bajo apercibimiento de decretar que los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de quebrantamiento de condena y de decretar por este Juzgado el incumplimiento de la pena, comparecencia que no se ha producido debido a la imposibilidad de notificación dado su ignorado paradero, procediéndose a practicar la misma mediante Edictos, fijados en el tablón de anuncios de este Juzgado.
Cuarto.– Dado traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal por éste se informó en el sentido: Que se proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 49.6 del CP.
ACUERDA:
Declarar por incumplida por parte de Youness El Bouhdidi la pena de 9 jornadas que restan de cumplimiento de las 17 jornadas en beneficio de la comunidad impuestas en Ejec. 80/16 del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Bilbao.
Dedúzcase testimonio al Juzgado de Guardia de los de Bilbao a los efectos establecidos en el fundamento único.
Notifíquese la presente Resolución al Juzgado sentenciador a los efectos oportunos.
Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal, al Servicio Vasco de Gestión de Penas y al penado mediante Edictos a publicar en el BO País Vasco, haciéndose saber que contra la misma y ante este Juzgado podrá interponer recurso de Reforma en el plazo de tres días a contar del siguiente a su notificación.
Así lo manda y firma el/la Iltmo/a Sr/a D/ña Begoña San Martin Larrinoa, Magistrado del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Bilbao (Bizkaia); doy fe.
Y para que sirva de notificación y requerimiento al penado Youness El Bouhdidi por encontrarse en ignorado paradero, en cumplimiento de lo ordenado, haciéndole saber que contra dicha resolución podrá interponer recurso de reforma en el término de tres días a partir de esta notificación, libro el presente en Bilbao (Bizkaia), a veinte de marzo de dos mil dieciocho.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
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