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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 24, viernes 2 de febrero de 2018


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE BILBAO
605

EDICTO dimanante del expediente de vigilancia penitenciaria n.º 1575/2017.

D.ª Maria Dublang Cabrera, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Bilbao (Bizkaia).

Hago saber: que en este Juzgado y con el n.º 1575/2017 se sigue expediente al penado Erlantz Nacimiento Lopez, natural de Getxo, vecino de Getxo, nacido el 07-09-1995, hijo de Aitor y de Igone, y DNI: 16087650R, con último domicilio en calle Aralar n.º 4 – 2.º izda. – Getxo, y actualmente en ignorado paradero, en el cual se ha dictado el día 15-01-2017 Auto y cuyos antecedentes y acuerda son del tenor literal siguiente:

AUTO

En Bilbao (Bizkaia), a 15 de enero de 2018.

HECHOS

Primero.– Con fecha 03-03-2017 se toma conocimiento en el presente expediente del plan de ejecución de cumplimiento de 40 jornadas de trabajo en beneficio de la comunidad impuestas al penado Erlantz Nacimiento Lopez en la causa 921/15-N del Juzgado de lo Penal n.º 7 de Bilbao.

Segundo.– Con fecha 07-03-2017 se recibe del Servicio Vasco de Gestión de Penas de Bizkaia informe en el cual se participa que no ha realizado ninguna de las jornadas impuestas al mismo de trabajos en beneficio de la comunidad, desconociendo sus motivos y circunstancias.

Tercero.– Por este Juzgado se acuerda la obligación al penado de comparecer ante dichos servicios para elaborar nuevo plan de ejecución, bajo apercibimiento de decretar que los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de quebrantamiento de condena y de decretar por este Juzgado el incumplimiento de la pena, comparecencia que no se ha producido debido a la imposibilidad de notificación, acordándose llevar a efecto la misma mediante Edictos, fijados en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Cuarto.– Dado traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal por éste se informó en el sentido: que se proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 49.6 CP.

ACUERDA:

Declarar por incumplida por parte de Erlantz Nacimiento Lopez la pena de 40 jornadas en beneficio de la comunidad impuestas en Ejec. 921/15-N del Juzgado de lo Penal n.º 7 de Bilbao.

Dedúzcase testimonio al Juzgado de Guardia de los de Bilbao a los efectos establecidos en el fundamento único.

Notifíquese la presente Resolución al Juzgado sentenciador a los efectos oportunos.

Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal, al Servicio Vasco de Gestión de Penas y al penado mediante Edictos a publicar en el Boletín del País Vasco, haciéndose saber que contra la misma y ante este Juzgado podrá interponer recurso de Reforma en el plazo de tres días a contar del siguiente a su notificación.

Así lo manda y firma el/la Iltmo/a Sr/a Dña. Ruth Alonso Cardona, Magistrado del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Bilbao (Bizkaia); doy fe.

Y para que sirva de notificación y requerimiento al penado Erlantz Nacimiento Lopez por encontrarse en ignorado paradero, en cumplimiento de lo ordenado, haciéndole saber que contra dicha resolución podrá interponer recurso de reforma en el término de tres días a partir de esta notificación, libro el presente en Bilbao (Bizkaia), a quince de enero de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental