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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 17, miércoles 24 de enero de 2018


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA
399

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 323/2017 seguido en apelación sobre ejecución hipotecaria.

Audiencia Provincial de Bizkaia – Sección Tercera.

Recurso: Recurso apelación ejecución hipotecaria LEC 2000 323/2017.

Recurrente: D.ª Yancy Lucetty Tovar Perea.

Abogado: D.ª Iñese del Castaño Granja.

Procurador:D.ª Esther Larrea Esnal.

Recurrido: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. y Francisco Javier Martinez Abasolo.

Sobre: ejecución hipotecaria.

En el referido recurso se ha dictado el 04-10-2017 auto, en la que la parte dispositiva es la siguiente:

«La Sala Dispone: Estimar el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de D.ª Yancy Lucetty Tovar Perea contra el Auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Balmaseda en autos de ejecución hipotecaria n.º 28/15 de fecha 9 de mayo de 2017 y de que este rollo dimana debiendo revocar dicha resolución dictando otra por la que se acuerda la remisión de las actuaciones al órgano de instancia a los efectos de que dicho órgano proceda a la resolución que proceda conforme a derecho a la pretensión solicitada por la parte ejecutada, previo traslado a las partes a tal efecto, todo ello sin expresa declaración en cuanto a las costas de esta alzada.

Devuélvase a Yancy Lucetty Tovar Perea el depósito constituido para recurrir, expidiéndose por la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de origen el correspondiente mandamiento de devolución.

Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso.

Firme que sea la presente resolución, devuélvanse los autos originales al Juzgado de su procedencia, con certificación literal de esta resolución, para su conocimiento y ejecución.

Así por este nuestro Auto del que se unirá certificación al Rollo de su razón, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Francisco Javier Martinez Abasolo y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del Paí Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bilbao (Bizkaia) a 8 de enero de 2018.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental