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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 16, martes 23 de enero de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 DE EIBAR
370

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 233/2017 seguido sobre medidas hijos no matrimoniales contencioso.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento medidas hijos no matrimoniales contencioso 233/2017 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Eibar (Gipuzkoa) a instancia de Rosa Fernandez Justiniano contra Hiver Justiniano Calderon sobre medidas de hijos extramatrimoniales, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En Éibar, a diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete.

Vistos por mí el Ilmo. Sr. D. Gonzalo Martín Vázquez, magistrado titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Éibar, los presentes autos de Medidas Paterno filiales n.º 233/2017 en los que ha intervenido como parte demandante la Procuradora de los Tribunales Dña. Cristina Gabilondo Lapeyra en nombre y representación de Dña. Rosa Fernández Justiniano, como parte demandada D. Hiver Justiniano Calderón declarado en rebeldía procesal y con la intervención del Ministerio Fiscal

PARTE DISPOSITIVA

Estimando la demanda de medidas paternofiliales presentada por la procuradora Dña. Cristina Gabilondo Lapeyra en nombre y representación de Dña. Rosa Fernández Justiniano contra D. Hiver Justiniano Calderón, se acuerdan las siguientes medidas:

1) Se atribuye a Dña. Rosa Fernández Justiniano la guarda y custodia de su hijo menor de edad XXXXX, permaneciendo compartida la patria potestad junto el padre.

2) Sin régimen de visitas en favor del padre.

3) Se establece una pensión de alimentos en favor del hijo y a cargo del Sr. Justiniano, en la cantidad de 100 euros al mes que habrá de satisfacerse dentro de los 5 primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que al efecto señale la madre, actualizándose anualmente conforme a las variaciones del IPC. Los gastos extraordinarios van aparte, satisfaciéndose por mitad entre los progenitores.

4) Se autoriza a Dña. Rosa Fernández Justiniano para que pueda ella sola renovar cuantas veces sea oportuno el pasaporte de su hijo menor de edad XXXXX, así como expedir toda la documentación identificativa del menor que sea precisa.

Sin expresa condena en costas.

Notifíquese en legal forma esta sentencia a las partes y al Ministerio Fiscal haciéndoseles saber que la misma no es firme, pudiendo interponer contra ella recurso de apelación que deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente al de su notificación. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LO 6/1985, del Poder Judicial, introducida por la LO 1/2009, de 3 de noviembre, para la preparación o anuncio del recurso de apelación será necesario constituir un depósito de 50 euros y acreditar debidamente la consignación de dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, en nombre de S.M. el Rey, lo pronuncia, manda y firma D. Gonzalo Martín Vázquez, magistrado titular de este Juzgado.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Hiver Justiniano Calderon, extiendo y firmo la presente en Eibar (Gipuzkoa) a veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental