N.º 12, miércoles 17 de enero de 2018
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4 DE VITORIA-GASTEIZ
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EDICTO dimanante del procedimiento n.º 860/2017 seguido sobre medidas hijos no matrimoniales contencioso.
Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil – Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Vitoria-Gasteiz.
Juicio: medidas hijos no matrimoniales contencioso 860/2017.
Demandante: Joy Omoruyi.
Abogado/a: Luis Javier Marfil Orantes.
Procurador/a: Patricia Sanchez Sobrino.
Demandado/a: Jolly David Osemwegie.
Sobre: regulación de relaciones paterno filiales.
En el referido juicio se ha dictado sentencia, en la que el encabezado es la siguiente:
SENTENCIA N.º 576/2017
En Vitoria-Gasteiz (Álava), a dieciocho de diciembre de dos mil diecisiete.
La Sra. Dña. M. Belén González Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Vitoria-Gasteiz (Álava) y su Partido, habiendo visto los presentes autos de medidas patermo-filiales 860/2017 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Joy Omoruyi, con Procurador Sra. Sánchez Sobrino, y de otra como demandado Jolly David Osemwegie (en rebeldía y sin representación procesal), siendo parte el Ministerio Fiscal, y en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la presente Resolución.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./D.ª Jolly David Osemwegie y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de diciembre de 2017.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.