
N.º 241, miércoles 20 de diciembre de 2017
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3 DE BARAKALDO
6122
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 728/2016.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento juicio verbal 728/2016 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Barakaldo (Bizkaia) a instancia de Miguel Angel Seoane Seoane contra Garikoitz Cortazar Azaola y Allianz sobre juicio verbal, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA N.º 2/2017
Juez que la dicta: D.ª Susana Diez Martinez de Lahidalga.
Lugar: Barakaldo (Bizkaia).
Fecha: diez de enero de dos mil diecisiete.
Parte demandante: Miguel Angel Seoane Seoane.
Abogado/a: Ekaitz Loroño Martinez.
Procurador/a.
Parte demandada: Garikoitz Cortazar Azaola y Allianz.
Abogado/a: Eduardo Sotomayor Anduiza.
Procurador/a: Jesus Maria Martinez Rivero.
Objeto del juicio: reclamación de cantidad.
FALLO
Estimar la demanda interpuesta por D. Miguel Angel Seoane Seoane, en su propio nombre y representación, frente a la entidad aseguradora Allianz y D. Garikoitz Cortazar Azaola, y en su virtud, condeno a los referidos demandados al pago solidario al actor de la suma de 486,34 euros, intereses del artículo 20 de la LCS, y costas del procedimiento.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de apelación, de conformidad con la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, publicada el día 11 de octubre de 2011 en el BOE, y que entró en vigor el día 1 de noviembre del mismo año, que modifica el artículo 455.1 de la LEC, y según interpretación de la Disposición Transitoria Única.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Garikoitz Cortazar Azaola, extiendo y firmo la presente en Barakaldo (Bizkaia) a seis de julio de dos mil diecisiete.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
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