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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 202, lunes 23 de octubre de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
5074

RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2017, del Director de Actividad Física y Deporte del Gobierno Vasco por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación de los Estatutos de la Federación Vasca de Hockey.

A la vista de la redacción de la modificación de los Estatutos de la Federación Vasca de Hockey inscrita en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco el 10 de octubre de 1986 con el número 124.

Resultando que la Asamblea General Extraordinaria de la Federación Vasca de Hockey, celebrada el 7 de noviembre de 2016, aprobó la modificación de los Estatutos de la Federación y que tal aprobación se ha acreditado documentalmente.

Se considera que la modificación de los artículos 27.2 y 39.1 de los Estatutos de la Federación son conformes con los preceptos del Decreto 16/2006, de 31 de enero y de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte de Euskadi.

En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen.

RESUELVO:

Primero.– Aprobar e inscribir en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco las modificaciones de los artículos 27.2 y 39.1 de los Estatutos de la Federación Vasca de Hockey, quedando estos redactados de la siguiente forma:

Artículo 27.2.– Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelegidos sin límite temporal de mandatos consecutivos.

Artículo 39.1.– El Presidente o Presidenta podrá ser reelegido sin límite temporal de mandatos consecutivos.

Segundo.– Notifíquese en el plazo legal establecido.

Tercero.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de septiembre de 2017.

El Director de Actividad Física y Deporte,

JON REDONDO LERTXUNDI.


Análisis documental