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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 175, miércoles 13 de septiembre de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE TURISMO, COMERCIO Y CONSUMO
4433

RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2017, del Director de Comercio, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de los Premios al Comercio Vasco para el ejercicio 2017.

La Orden de 16 de marzo de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, regula los Premios al Comercio Vasco (BOPV n.º 60, de 28 de marzo de 2011).

De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de los premios correspondientes al ejercicio 2017, dictando a tal objeto las normas necesarias.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente Resolución la convocatoria, para el ejercicio 2017, de los Premios previstos en la Orden de 16 de marzo de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regulan los Premios al Comercio Vasco.

Artículo 2.– Requisitos.

Para que las candidaturas presentadas puedan acceder a los premios previstos en la Orden que regula los Premios al Comercio Vasco deberá acreditarse el cumplimiento de los requisitos exigidos en la misma.

Artículo 3.– Solicitudes y plazo.

1.– Las candidaturas y demás documentación complementaria deberán dirigirse a la Dirección de Comercio, del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo, presentándolas en las correspondientes Oficinas Territoriales de cada Territorio Histórico, en Zuzenean (Oficinas de Atención Ciudadana del Gobierno Vasco), en los registros auxiliares de la CAPV (recogidos en el Decreto 72/2008, de 29 de abril) o en los lugares especificados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2.– El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la publicación de la presente Resolución y finalizará un mes después.

3.– Para ello, se utilizarán los impresos del Anexo I, a los que se podrán añadir las memorias o materiales que se consideren necesarios, teniendo en cuenta que no ha de sobrepasarse el tamaño DIN-A4.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Resolución de convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Turismo y Comercio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de septiembre de 2017.

El Director de Comercio,

JUAN EMILIO ANDRADES GARCÍA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental