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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 122, martes 28 de junio de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
2791

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 8 de abril de 2016, del Viceconsejero de Formación Profesional, por la que se resuelven las subvenciones concedidas al amparo de la Orden de 9 de febrero de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan subvenciones para centros docentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco que teniendo concertado el primer curso de Formación Profesional Básica para el curso académico 2015-2016 no hayan dispuesto de financiación para realizar el 2.º curso de Formación Profesional Básica.

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertido un error de dicha índole en el texto de la Resolución de 8 de abril de 2016, , por la que se resuelven las subvenciones concedidas al amparo de la Orden de 9 de febrero de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan subvenciones para centros docentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco que teniendo concertado el primer curso de Formación Profesional Básica para el curso académico 2015-2016 no hayan dispuesto de financiación para realizar el 2.º curso de Formación Profesional Básica, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 83, de 4 de mayo de 2016, se procede a su corrección:

En la página 2016/1870 (2/5), en el anexo I, la correspondiente al Territorio Histórico de Álava, donde dice:

ANEXO I
RELACIÓN DE CENTROS CON SU CORRESPONDIENTE SUBVENCIÓN POR GRUPO Y MÓDULOS
(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

Debe decir:

ANEXO I
RELACIÓN DE CENTROS CON SU CORRESPONDIENTE SUBVENCIÓN POR GRUPO Y MÓDULOS
(Véase el .PDF)

Análisis documental