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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 84, jueves 5 de mayo de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

ENTE VASCO DE LA ENERGÍA
1893

RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2016, de corrección de errores (o modificación) de la Resolución de 4 de abril de 2016, de la Directora General del Ente Vasco de la Energía por la que se procede a la publicación de la Convocatoria de ayudas destinadas a Inversiones en Eficiencia Energética en el Sector Industrial.

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Resolución de 4 de abril de 2016, de la Directora General del Ente Vasco de la Energía por la que se procede a la publicación de la Convocatoria de ayudas destinadas a Inversiones en Eficiencia Energética en el Sector Industrial, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 71, de 15 de abril de 2016, se procede a su modificación.

Tras la página 2016/1574 (34/34), en el Programa de ayudas indicado, se ha omitido el Anexo VII.9,

Además, en la página 2016/1574 (13/34), en el Anexo a la Resolución, en el punto 9. Gestión y procedimiento de la solicitud de ayuda, apartado h),

Donde dice:

«Anexo VII, que corresponda (Anexo VII.1, Anexo VII.2, Anexo VII.3, Anexo VII.4, Anexo VII.5, Anexo VII.6, Anexo VII.7 y Anexo VII.8) según tipo de actuación, con datos técnicos del sector industrial».

Debe decir:

«Anexo VII, que corresponda (Anexo VII.1, Anexo VII.2, Anexo VII.3, Anexo VII.4, Anexo VII.5, Anexo VII.6, Anexo VII.7, Anexo VII.8 y Anexo VII.9) según tipo de actuación, con datos técnicos del sector industrial».

Siendo el Anexo VII.9 el que se adjunta a la presente Resolución.

En Bilbao, a 19 de abril de 2016.

La Directora General,

PILAR URRUTICOECHEA URIARTE.

(Véase el .PDF)

Análisis documental