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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 48, jueves 10 de marzo de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL
1063

DECRETO 35/2016, de 1 de marzo, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Álava, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de restauración ambiental del entorno del recodo de Andaverde o Gimeleo de Labastida, incluido en la Zona de Especial Conservación ES2110008 río Ebro».

La Diputación Foral de Álava, tras elaborar y aprobar formalmente el expediente de «Proyecto de restauración ambiental del entorno del recodo de Andaverde o Gimeleo de Labastida, incluido en la zona de especial conservación ES2110008 río Ebro», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto.

Con fecha de 21 de octubre de 2014, la Diputación Foral de Álava acuerda iniciar el expediente de expropiación forzosa y someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados por el plazo de 15 días, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Álava n.º 133, de 21 de noviembre de 2014, y prensa. Posteriormente, en sesión celebrada el 22 de septiembre de 2015, la Diputación Foral de Álava acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, no habiéndose presentado ninguna alegación, según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

Evitar la degradación del ecosistema en el entorno del humedal de Gimeleo mediante la restauración ambiental.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al consejero o consejera competente en materia de ordenación del territorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de marzo de 2016.

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por la Diputación Foral de Álava, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para el «Proyecto de restauración ambiental del entorno del recodo de Andaverde o Gimeleo de Labastida, incluido en la zona de especial conservación ES2110008 río Ebro».

DISPOSICIÓN FINAL

Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, previamente, en su caso, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 1 de marzo de 2016.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial,

ANA ISABEL OREGI BASTARRIKA.


Análisis documental