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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 23, jueves 4 de febrero de 2016


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DISPOSICIONES GENERALES

LEHENDAKARITZA
508

CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 204/2015, de 3 de noviembre, de Estatutos del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos.

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en el Decreto 204/2015, de 3 de noviembre, de Estatutos del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 212, de 6 de noviembre de 2015, se procede a su corrección.

En la página 2015/4701 (11/4) de la versión en euskera, en el artículo 7.2 de los Estatutos que se recogen en el anexo, donde dice:

«2. Erakunde bakoitzak kide bakoitzarentzako ordezkari bat izendatu ahal izango du».

Debe decir:

«2. Izendatutako kide titular bakoitzarentzako ordezko bat izendatu ahal izango du erakunde bakoitzak».


Análisis documental