N.º 220, miércoles 18 de noviembre de 2015
- Otros formatos:
- PDF (252 KB - 2 Pág.)
- EPUB (200 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
ANUNCIOS
Otros anuncios oficiales
DEPARTAMENTO DE SALUD
4948
ANUNCIO por el que se notifica a Servicio de Prevención Ajeno Malga Servicios Empresariales, S.L. la resolución del procedimiento sancionador expediente n.º 1/2015-SL, adoptada por el Viceconsejero de Salud.
No siendo localizable, a efectos de la notificación de la resolución dictada dentro del expediente sancionador incoado a Malga Servicios Empresariales, S.L., se procede a la publicación del presente anuncio.
En virtud del mismo se le hace saber que ha sido emitida resolución dentro de expediente sancionador por la comisión de una infracción sanitaria grave, imponiéndosele una sanción económica por importe global de 3.005,07 euros.
Advertencias legales:
La resolución sancionadora, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante el Consejero de Salud. El recurso de alzada podrá interponerse ante el Consejero de Salud o ante el Viceconsejero de Salud, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se podrá examinar el expediente en la Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales sita en Vitoria-Gasteiz, calle Donostia-San Sebastián, n.º 1-4.ª planta (Lakua II).
Se advierte que el importe de la sanción de multa deberá hacerse efectivo en el siguiente plazo: cuando la firmeza de la resolución se produzca entre los días 1 y 15 del mes, desde tal fecha hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, si aquél no lo fuera. Cuando la resolución adquiera firmeza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de firmeza hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, si aquél no lo fuera. La firmeza de la resolución se producirá cuando transcurra el período de un mes para la interposición del recurso de alzada sin haberse acreditado el mismo, o, si efectivamente se interpusiera, desde la fecha en que el interesado adquiere conocimiento de su desestimación, en su caso.
El ingreso se realizará citando el número de expediente y, en su caso, la razón social del sancionado, en la siguiente cuenta corriente y entidad bancaria:
Kutxabank Cuenta n.º Iban ES85 2095 0611 0132 3906 8030
La falta de pago de la multa en el referido periodo voluntario dará lugar a su recaudación por vía de apremio, según lo establecido en las disposiciones vigentes, con los recargos correspondientes.
Lo que se notifica mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado, conforme a lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Vitoria-Gasteiz, a 4 de noviembre de 2015.
La Directora de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales,
MARÍA JESÚS GEMMA MÚGICA ANDUAGA.