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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 107, miércoles 10 de junio de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3 DE IRUN
2557

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 291/2014 seguido sobre reclamación de cantidad.

Upad de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Irun.

Juicio: Juicio verbal 291/2014.

Demandante: Neumaticos Beraun, S.L.

Abogado.

Procurador.

Demandado: Arboles Maderas y Bosques, S.L. y Arboles Maderas y Bosques, S.L. Unipersonal.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado 13-03-2015 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

«Que estimando la demanda formulada a instancia de Neumáticos Beraun, S.L., contra Árboles, Maderas y Bosques, S.L., declarada en situación de rebeldía procesal debo condenar y condeno a la demandada al pago a la actora de la cantidad de 1.356,94 euros más los intereses legales conforme a lo dispuesto en el fundamento segundo de esta resolución, así como al pago de las costas causadas en el juicio.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno».

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Árboles, Maderas y Bosques, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde no puede interponer recurso alguno.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina judicial de este tribunal.

En Irun (Gipuzkoa), a 5 de mayo de 2015.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental