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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 107, miércoles 10 de junio de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 6 DE BILBAO
2554

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 1089/2013 seguido sobre medidas hijos no matrimoniales contencioso.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA N.º 324/2015

Juez que la dicta: D.ª Isabel Elexpuru Eguia.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: veinte de mayo de dos mil quince.

Parte demandante: Domingas Jose Gomes Mayala.

Abogado: Antonio Mourelle Castiñeira.

Procurador: Belen Maria Campano Muro.

Parte demandada: Petas Afonso Mayala.

Objeto del juicio: Adopción de medidas económicas y personales en relación a hijo común.

FALLO

Que estimo parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Campano Muro, en nombre y representación de Domingas Jose Gomes Mayala, en solicitud de adopción de medidas personales y alimentarias en relación a hijas comunes, frente al padre de las mismas, Petas Afonso Mayala, declarado en situación de rebeldía procesal, y debo acordar y acuerdo las siguientes medidas en relación a las dos hijas comunes XXXXX y XXXXX:

1.– Petas Afonso Mayala abonará, en concepto de pensión de alimentos en favor de sus citadas hijas la cuantía mensual de 100 euros por cada una de las dos hijas, cuantía que será abonada dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que designe Domingas Jose Gomes Mayala con este fin, y que será incrementada anualmente, conforme a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística.

2.– Los gastos de carácter extraordinario que se pudieran generar en relación a las dos citadas hijas serán sufragados por ambos progenitores, por mitad, teniendo en cuenta lo dispuesto sobre los gastos de tal naturaleza en el Fundamento de Derecho Segundo de esta Sentencia.

No ha lugar a la imposición de costas.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 4710, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Petas Afonso Mayala, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Bilbao (Bizkaia), a 21 de mayo de 2015.

EL SECRETARIO.


Análisis documental