
N.º 69, miércoles 15 de abril de 2015
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5 DE BILBAO
1702
EDICTO dimanante del procedimiento n.º 713/2012 seguido sobre divorcio contencioso.
Juzgado de Primera Instancia n.º 5 (Familia) de Bilbao.
Juicio: divor. contenc. 713/2012.
Demandante: Hugo Homero Lopez Orozco.
Abogado: Federico Victoria de Lecea Echevarria.
Procurador: Jacobo Belmonte Garcia.
Demandado: Lined Alexandra Lopera Tamayo.
Sobre: divorcio.
En el referido juicio se ha dictado el 09-03-2015 auto, en la que el fallo es el siguiente:
FALLO
Que se tiene por desistido a don Hugo Homero López Orozco, representado por el Procurador don Jacobo Belmonte de su demanda de divorcio frente a doña Lined Alexandra Lopera Tamayo y en consecuencia, no ha lugar a declarar disuelto por divorcio el matrimonio de don Hugo Homero López Orozco y doña Lined Alexandra Lopera Tamayo.
Se imponen las costas causadas en este procedimiento a don Hugo Homero López Orozco.
Se declara finalizado el presente proceso, procediendo el archivo de las actuaciones.
Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que frente a la misma cabe la interposición de recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de los 20 días siguientes a contar desde el siguiente a la notificación y siguiendo los trámites previstos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para su ulterior resolución por la Audiencia Provincial de Bizkaia.
Para la admisión del referido recurso será preceptiva la previa constitución de un depósito de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el modo y forma previstos en la Disposición Adicional 15.ª de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada a la misma por la Ley Orgánica 1/09 de 3 de noviembre.
Así por esta sentencia, lo acuerda, manda y firma doña María Elena Rodríguez Vadillo, Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Bilbao y su Partido Judicial. Doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./D.ª Lined Alexandra Lopera Tamayo y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Bilbao (Bizkaia), a 16 de marzo de 2015.
LA SECRETARIO JUDICIAL.
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