Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 52, martes 17 de marzo de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

DISPOSICIONES GENERALES

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1277

RESOLUCIÓN 343/2015, de 1 de enero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se crea la mesa de contratación adscrita a la Organización Sanitaria Integrada Donostialdea.

Por el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, se dispone en su artículo 20.4 que para la Dirección General del Ente, previa autorización por el Consejo Administrador del mismo, se crearán las Mesas de Contratación que se consideren necesarias, en función del dimensionamiento de las distintas organizaciones del Ente público y para el ejercicio de las funciones de asistencia al órgano de contratación en la adjudicación de los contratos, conforme a las previsiones contenidas en el artículo 320 de Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Por el artículo 20.4 del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, se dispone:

Las Mesas de Contratación que se creen estarán en todo caso compuestas por los siguientes miembros:

a) Presidente: un cargo directivo de la organización respectiva distinto al que sea el órgano de contratación de la misma.

b) Dos vocales designados por el órgano de contratación.

c) Un vocal-secretario designado por el órgano de contratación de entre los letrados o los técnicos de gestión licenciados en derecho adscritos a la organización correspondiente, que ejercerá las funciones de Asesor Jurídico y Secretario de la Mesa, con voz y voto.

Por Acuerdo de 30 de diciembre de 2014, del Consejo de Administración del Ente Público Osakidetza (BOPV n.º 16, de 26 de enero de 2015), se crea en el Área Sanitaria de Gipuzkoa, la Organización Sanitaria Integrada Donostialdea, integrada por las Organizaciones de Servicios Hospital Universitario Donostia y las unidades de atención primaria de su área de referencia.

Habida cuenta del procedimiento establecido en los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza y de la inaplazable necesidad de planificación y ejecución de la contratación administrativa, todo ello con el objeto de hacer efectiva la unificación e integración de la Organización Sanitaria Integrada Donostialdea.

Por todo lo expuesto, esta Dirección General, y en virtud de las facultades que legalmente le han sido atribuidas,

RESUELVE:

Dejar sin efecto todas las resoluciones anteriores referentes a la composición de las Mesas de Contratación de las organizaciones de servicios Hospital Universitario Donostia y las unidades de atención primaria de su área de referencia y la creación de una nueva mesa para la nueva Organización Sanitaria Integrada Donostialdea que sustituya a la anterior, que quedará de la siguiente forma:

Presidente:

Titular: Director/a Económico Financiero/a

Suplentes:

Director/a de Servicios Generales

Director/a de Personal

Subdirector/a de Personal, Presupuesto y Control de Gestión

Director/a Médico/a

Director/a de Enfermería

Vocal 1.º:

Titular: Teresa Rodríguez Arrondo

Suplentes:

Purificación Martínez Martínez

Virginia Pérez González

Rosa Cortabarria Guarde

Begoña Hernández de la Fuente

Vocal 2.º:

Titular: M.ª Carmen Corcuera Gamecho

Suplentes:

Pedro Carrión Valero

Mertxe Cabañas Izaguirre

Josune Elorriaga Rodríguez

Rosa Puente Mintegui

Vocal-Secretario:

Titular: David Samprón López

Suplentes:

Victoria Velasco Alonso

Luis Javier Ronco Navarro

Ana Martínez Alonso

M.ª Begoña Antxustegi Bengoetxea

Conforme se establece en los artículos 107, 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por Ley 4/1999), contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 1 de enero de 2015.

El Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

JON JOSEBA ETXEBERRIA CRUZ.


Análisis documental