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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 23, miércoles 4 de febrero de 2015


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 DE GERNIKA-LUMO
535

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 343/2013 seguido sobre divorcio-contencioso.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Gernika.

Juicio: divor. contenc. 343/2013.

Parte demandante: Julieth Leon Quintero.

Parte demandada: Jose Yorqui Bermudez Quintero.

Sobre: divorcio-contencioso.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA N.º 122/2014

En Gernika y Lumo, a quince de diciembre de dos mil catorce.

[...]

FALLO

Que debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio de doña Julieth Leon Quintero, representada por la Procuradora doña Mónica D´acquisto, y de don José Yorqui Bermudez Quintero, con los efectos inherentes a tal declaración.

Comuníquese esta resolución a los Registros Civiles correspondientes a los efectos registrales oportunos.

No hay expresa imposición de costas.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que es firme en cuanto a la declaración de divorcio, pero que frente a los restantes pronunciamientos de la misma cabe la interposición de recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de los 20 días siguientes a contar desde el siguiente a la notificación y siguiendo los trámites previstos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para su ulterior resolución por la Audiencia Provincial de Bizkaia.

Para la admisión del referido recurso será preceptiva la previa constitución de un depósito de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el modo y forma previstos en la disposición adicional 15.ª de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada a la misma por la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre.

Así por esta sentencia, lo acuerda, manda y firma doña María Elena Rodríguez Vadillo, Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Gernika-Lumo y su Partido Judicial.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicho demandado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Gernika-Lumo (Bizkaia), a 12 de enero de 2015.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental