
N.º 246, viernes 26 de diciembre de 2014
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
5485
ORDEN de 18 de diciembre de 2014, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan subvenciones para realizar proyectos de innovación y emprendizaje a desarrollar por centros concertados y centros públicos de titularidad municipal que imparten ciclos formativos de Formación Profesional correspondientes al curso 2014-2015.
La Formación Profesional está realizando en el ámbito europeo, estatal y de la Comunidad Autónoma del País Vasco un importante esfuerzo de adaptación normativa, curricular y de medios materiales y humanos a las demandas de formación del sistema productivo.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional prevé un sistema integrado de las distintas ofertas de Formación Profesional: la formación profesional inicial del sistema educativo y la formación profesional para el empleo del sistema laboral. La ley configura un Catálogo de Cualificaciones Profesionales como eje institucional del sistema integrado, así como un procedimiento para la evaluación y la acreditación de las competencias profesionales orientado a optimizar los recursos formativos, a mejorar los resultados de aprendizaje y a alcanzar, en definitiva, cotas más altas de cualificación en nuestra población activa.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece la nueva ordenación general de la formación profesional del sistema educativo que, a los efectos de la presente Orden, comprende, además de los ciclos formativos de grado medio y superior, los programas de cualificación profesional inicial.
El futuro de las empresas y de los centros de Formación Profesional está directamente relacionado con la capacidad de cambio, de adaptación a los nuevos tiempos, de visión de los nuevos productos que pide la sociedad. Los centros de formación profesional deben jugar un papel como agentes dinamizadores de la innovación en las Pymes, desarrollando capacidades de anticipación, avanzando en el diseño de los sectores y modelos de negocio del futuro, y para ello, es necesario reforzar la innovación tecnológica orientada a desarrollar nuevas capacidades y métodos adaptados a un entorno de aprendizaje cada vez más especializado y complejo.
El modelo de gestión de la calidad de los centros de formación profesional, así como su despliegue facilita la identificación y búsqueda de soluciones para las limitaciones que no permiten el desarrollo óptimo de la formación profesional, contribuyendo a la mejora de los resultados de nuestro alumnado, estableciendo los procedimientos y procesos necesarios, con nuevas estrategias y herramientas diseñadas a tal fin, así como impulsando a trabajar nuevos modelos de mejora dirigidos a mejorar el desarrollo de los centros.
La presente Orden regula la convocatoria de las subvenciones destinadas a financiar proyectos de innovación y emprendizaje, en centros concertados y en centros públicos de titularidad municipal que imparten enseñanzas de Formación Profesional en el curso 2014-2015, y que va enfocada al personal docente en proyectos de innovación y emprendizaje, con el fin de impactar tanto en la empleabilidad de los trabajadores como en la competitividad de las empresas.
De conformidad con lo establecido en las disposiciones contenidas en el Título VI del Decreto Legislativo 1/1997, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, que regula el régimen general de ayudas y subvenciones del Gobierno Vasco, y en base a lo establecido en la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi,
RESUELVO:
Artículo 1.– Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la financiación de la liberación total o parcial de las personas docentes que lleven a cabo proyectos de innovación y emprendizaje a desarrollar a lo largo del curso 2014-2015, necesarios para adecuar la oferta formativa de Formación Profesional a las necesidades del sistema productivo, con el fin de transferir estos conocimientos al resto de los centros educativos.
Artículo 2.– Entidades beneficiarias.
Las entidades beneficiarias podrán ser los centros concertados y los centros públicos de titularidad municipal que tengan concertados o conveniados ciclos formativos de Formación Profesional en el curso 2014-2015 y cumplan los demás requisitos a que se refiere el artículo 5.
Artículo 3.– Actuaciones subvencionables y plazo para realizarlas.
Las actuaciones que pueden ser objeto de subvención en esta convocatoria son los proyectos de innovación y emprendizaje siguientes, cuya concreción figura en el anexo I:
1.– Innovación en el entorno estratégico ferroviario.
2.– Realidad aumentada. Soldadura basada en escenarios innovadores de simulación.
3.– Diseño de utillajes para manipulación de chapa de acero ultrarresistente para automoción y aeronáutica.
4.– Tecnología de ingeniería inversa. Diseño, comprobación y verificación de piezas industriales unitarias.
5.– Mecanizado de materiales. Diseño y elaboración de prototipos de elastómeros, fibras y composites.
6.– Diseño y optimización en la estampación.
7.– Diseño, fabricación y gestión de la vida de un producto para reducción de costes.
8.– Innovación en el diseño y mecanizado en troquelería.
9.– Automatización de sistemas en el control y recogida de datos con Arduino.
10.– Integración de procesos automatizados, control remoto de procesos industriales de robótica y visión artificial.
11.– Estandarización en el montaje y fabricación de equipos electrónicos.
12.– Hogar digital, sistemas domóticos y automatismos tecnológicos inteligentes.
13.– Innovación eléctrica y mecatrónica en los nuevos motores híbridos y eléctricos en automoción.
14.– Innovación en la restauración de vehículos históricos con el uso de tecnologías adecuadas con el medio ambiente.
15.– Análisis de los efectos del uso de biocombustibles en automoción.
16.– Innovación tecnológica y mejora en los sistemas de gestión, producción y competitividad a través del modelo basado en limitaciones.
17.– Innovación aplicada para la mejora de la gestión de los centros, ahorro de recursos y transferencia de identificación por radiofrecuencia (RFID).
18.– Ejercicio físico para el envejecimiento activo.
19.– Innovación en los productos de industrias alimentarias acordes con las nuevas tendencias de consumo.
20.– Imágenes ultrasónicas en Imagen para el diagnóstico sanitario.
21.– Biotecnología.
22.– Innovación en la alimentación para un envejecimiento activo y su influencia en enfermedades crónicas e intolerancias alimenticias.
La fecha de inicio de las actividades objeto de esta subvención no podrá ser superior a los 10 días naturales de la notificación de la presente Resolución.
La fecha de finalización de las actividades objeto de esta subvención finalizarán el 30 de agosto de 2015.
Artículo 4.– Dotación presupuestaria y cuantía de la subvención.
1.– La cantidad total destinada a subvencionar las actividades que son objeto de esta Orden es de setecientos setenta mil (770.000) euros.
2.– La cuantía de la subvención por cada proyecto será la indicada en el anexo I, teniendo en cuenta que el importe de subvención por liberación total de un docente es de 42.000 euros, sin que en ningún caso tal cuantía supere el gasto realmente incurrido por el centro para llevar a cabo la actividad subvencional.
Artículo 5.– Requisitos.
1.– Con carácter general, para poder optar a estas subvenciones, los centros beneficiarios deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser centro concertado o conveniado que imparte ciclos formativos de Formación Profesional en el curso 2014-2015.
b) No encontrarse sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de lo dispuesto en el artículo 50.5 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País vasco.
c) Estar al corriente del pago de sus obligaciones con la Seguridad Social y tributarias.
El cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social por parte de las entidades solicitantes de las ayudas, se verificará directamente por el órgano gestor sin necesidad del consentimiento de los mismos, en aplicación del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.
2.– Además, por cada proyecto se deberán cumplir los requisitos específicos señalados en el anexo I
Artículo 6.– Presentación de solicitudes, documentación, plazo y tramitación electrónica.
1.– Las solicitudes deberán presentarse por medios electrónicos en la sede electrónica de euskadi.net, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.
2.– Deberán presentarse una solicitud a cada uno de los proyectos mencionados en el artículo 3 a los que se solicite ayuda.
3.– A la solicitud se adjuntará el documento «Proyecto de innovación y emprendizaje», indicando el orden de preferencia entre ellos.
4.– Además se deberá adjuntar un fichero en que se realice una descripción del proyecto a desarrollar por el centro con los objetivos y características a desarrollar.
5.– Junto con la solicitud se deberán aportar los documentos relativos a la cofinanciación del proyecto con otras Administraciones públicas en su caso, a la que se refiere el artículo 8.4.b).
6.– La tramitación electrónica está regulada en el Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica y en la Resolución de 9 de febrero de 2006, de la Directora de Informática y Telecomunicaciones, que aprueba la Plataforma Tecnológica para la E-Administración –Platea–.
7.– Las especificaciones de cómo tramitar por canal electrónico las solicitudes, las declaraciones responsables, y demás modelos de todos los documentos exigibles, están disponibles en la sede electrónica, en la siguiente dirección:
https://www.euskadi.net/ayuda_subvencion/2015/fp_proiektuak/y22-izapide/es
https://www.euskadi.net/diru_laguntza/2015/fp_proiektuak/y22-izapide/eu
8.– Los centros interesados deberán solicitar, consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios electrónicos.
9.– Los trámites posteriores a la solicitud se realizarán también través de:
https://www.euskadi.net/misgestiones. https://www.euskadi.net/nirekudeaketak
Artículo 7.– Subsanación de solicitudes.
1.– Si se advirtiera en la solicitud presentada la existencia de algún defecto o inexactitud, se requerirá al centro interesado para que en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común.
2.– El requerimiento de subsanación será notificado por tramitación electrónica.
Artículo 8.– Procedimiento y criterios de adjudicación.
1.– Cada centro educativo no podrá obtener subvención en más de tres de los proyectos.
2.– En cada uno de los proyectos objeto de la presente subvención será seleccionado el número de centros de formación profesional indicados en el anexo I.
3.– No podrán adjudicarse dos o más proyectos en el que aparezca la misma persona responsable.
4.– Las subvenciones serán adjudicadas por el procedimiento de concurso, en aplicación de los siguientes criterios:
a) Número de personas matriculadas en el curso 2014-2015 en los diferentes ciclos formativos indicados en el anexo I, sobre un máximo de 10 puntos de ponderación. En el caso de indicar de forma genérica algún ciclo formativo de una familia profesional en dicho apartado, se tendrán en cuenta todos los ciclos formativos de Formación Profesional de dicha familia impartidos por el centro.
b) Cofinanciación del proyecto con otras Administraciones públicas, tendrá una ponderación máxima de 10 puntos, asignándose la mayor puntuación al mayor porcentaje de financiación exterior.
c) Participación en proyectos de emprendizaje Urratsbat durante los últimos tres cursos que tendrá un valor ponderado de 5 puntos.
d) Participación en proyectos de emprendizaje Ikasenpresa durante los últimos tres cursos, que tendrá un valor ponderado de 5 puntos.
e) Número de proyectos de formación dual en régimen de alternancia presentados en el curso 2013-2014, que tendrá un valor ponderado de 10 puntos.
f) Participación en proyectos de innovación impulsados por la Viceconsejería de Formación Profesional, excluidos los de metodologías activas en el aprendizaje, durante los últimos tres cursos académicos 2011-2012, 2012-2013 y 2013-2014, que tendrá un valor ponderado de 10 puntos.
g) Participación en proyectos impulsados por La Viceconsejería de Formación Profesional, referente a metodologías activas en el aprendizaje, tendrá un valor ponderado de 10 puntos.
h) Participación en la oferta de Formación Profesional para el empleo en cursos terminados en el 2013 tendrá un valor ponderado de 10 puntos.
i) La valoración específica, indicada en anexo I, en cada uno de los proyectos, se deberá valorar con la puntuación señalada en dicho anexo.
5.– El centro educativo que obtenga la máxima puntuación en cada uno de los subapartados anteriores, le corresponderá la valoración máxima indicada al respecto, ponderando al resto por medio de una proporción simple.
6.– En el caso de empate en la puntuación total del apartado 4 de este artículo, éste será resuelto mediante criterios relativos a la persona responsable del proyecto, que son los siguientes:
a) Perfil de euskera: si dispone del certificado PL2 docente o equivalente se ponderará con 1 punto o si dispone del certificado PL1 docente será de 0,3 puntos.
b) Por cada año de experiencia docente impartida en alguno de los ciclos formativos indicados en el apartado del anexo I correspondiente 0,3 puntos, con una valoración máxima de 1 punto. En el caso, de no indicar ningún ciclo formativo en dicho apartado, no se tendrá en cuenta este apartado.
c) Si la persona indicada por el centro como responsable del proyecto tiene contrato indefinido o es socia, se le valorará con 1 punto.
7.– Para la valoración del apartado 6 del presente artículo se pedirá de oficio a la Inspección Educativa el DAE de cada una de las personas participantes.
Artículo 9.– Duración de los proyectos.
La duración de la actividad subvencionada será desde la concesión de la subvención hasta la finalización del curso académico 2014-2015. No obstante, en las actividades en que el anexo I indica la posibilidad de continuar en próximos cursos, podrá prolongarse si las futuras convocatorias incorporan la referida actividad y el centro obtiene, previa solicitud, la correspondiente subvención.
Artículo 10.– Comisión de valoración.
1.– El órgano instructor para la concesión de la subvención será la Dirección de Formación y Aprendizaje.
2.– La aplicación de los criterios de valoración y selección recogidos en esta Orden se llevará a cabo por una comisión de valoración compuesta por los siguientes miembros:
a) El Director de Formación y Aprendizaje, que actuará como presidente.
b) La persona Responsable del Servicio de Formación Profesional.
c) Un Técnico o Técnica de la Dirección de Formación y Aprendizaje de cada una de las Delegaciones Territoriales.
d) Una persona técnica de la Dirección de Formación y Aprendizaje, que actuará como secretario o secretaria, con voz pero sin voto.
Artículo 11.– Propuesta de resolución.
La Comisión de valoración elevará propuesta de resolución al Viceconsejero de Formación Profesional, en la que se especificarán los datos que se refieren en el artículo 12.1 siguiente.
Artículo 12.– Resolución.
1.– La convocatoria será resuelta por el Viceconsejero de Formación Profesional, y será notificada a los centros interesados por medios electrónicos, con indicación de la entidad beneficiaria y el importe concedido. Así mismo, se especificarán en la resolución las solicitudes desestimadas, la no concesión por desistimiento o imposibilidad material sobrevenida.
2.– A efectos de información general o para su general conocimiento, la Resolución se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.
3.– A efectos del silencio administrativo, transcurrido seis meses a contar desde la publicación de esta convocatoria sin que se haya realizado la publicación mencionada en los apartados anteriores, las solicitudes se podrán entender desestimadas, a los efectos de lo establecido en el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4.– La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones y ayudas a los beneficiarios de éstas, quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
Artículo 13.– Justificación.
1.– La justificación de las subvenciones destinadas a financiar los proyectos de innovación y emprendizaje indicados en la presente Orden se hará cumplimentando el fichero «Justificación por medio de las nóminas que se adjuntan», al que se acompañarán las copias de las nóminas correspondientes, antes del 11 de octubre de 2015. Las nóminas deberán ser tanto de las personas liberadas como de las personas sustitutas.
2.– Estas justificaciones deberán presentarse por medio electrónico en:
https://www.euskadi.net/misgestiones
3.– Las horas semanales de liberación de cada una de las personas responsables de las actividades subvencionadas en la presente Orden deberán quedar reflejadas como «Innovación FP» en el Documento de Actividades Educativas, DAE, que deberá adjuntarse.
4.– Las personas que desarrollen estos proyectos de innovación y emprendizaje y que los lleven a cabo desde el comienzo del curso académico, deberán adjuntar el Documento de Actividades Escolares ,DAE, con fecha del primer cuatrimestre del curso.
5.– A la finalización de cada uno de los proyectos, los centros deberán entregar a la propia Viceconsejería, la documentación correspondiente al proyecto, indicando con detalle los objetivos indicados y conseguidos.
Artículo 14.– Abono de las subvenciones.
1.– El abono de las subvenciones correspondientes a estos proyectos de innovación y emprendizaje, se efectuará fraccionadamente mediante dos libramientos, que se materializarán de la siguiente forma:
a) El primer libramiento será por el 50% de la cantidad total resultante a cada uno de los beneficiarios, una vez transcurrido el plazo indicado en el artículo 17.1, sin haber mediado renuncia.
b) El segundo libramiento se realizará por la cantidad restante, una vez finalizada la actividad subvencionada, tras la justificación documental de todos los gastos incurridos.
2.– En relación con los pagos anticipados o primeros libramientos mencionados en este artículo, se deberán presentar las garantías correspondientes en los supuestos previstos en el Decreto 698/1991, de 17 de diciembre (BOPV n.º 26, de 7 de febrero de 1992).
Artículo 15.– Incumplimiento y procedimiento de reintegro.
1.– Será causa de revocación de las ayudas concedidas el incumplimiento por parte de los centros beneficiarios de cualquiera de las condiciones y requisitos establecidos en esta Orden, así como destinar aquellas a fines distintos de los especificados en el proyecto presentado. A tal efecto, el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, se reserva la facultad de comprobar el destino de las subvenciones.
2.– La constatación de la existencia de cualquier supuesto de incumplimiento de las condiciones que motivaren la concesión de la subvención dará lugar, de conformidad y en los términos establecidos en el Decreto Legislativo 1/1997, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, y en el Decreto 698/1991, que regula el régimen general de garantías y reintegros de las subvenciones en la Comunidad Autónoma del País vasco, a la obligación de reintegrar a la Tesorería General del País Vasco las cantidades percibidas, más los intereses legales que procedan.
3.– Sin perjuicio de lo anterior, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, siempre que se salvaguarden los requisitos establecidos por la presente Orden para ser beneficiario.
Artículo 16.– Compatibilidad de las ayudas.
Las subvenciones previstas en la presente convocatoria son compatibles con aquellas otras que, teniendo un mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra institución pública o privada, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación. En este caso, deberá comunicarse la obtención de otras subvenciones o ayudas. Caso de producirse sobrefinanciación, se reducirá el importe de la subvención hasta el límite máximo que corresponda.
Todas las personas liberadas total o parcialmente de sus labores docentes en la presente convocatoria no podrán ser subvencionadas en ninguna otra actividad subvencionable por el Departamento Educación, Política Lingüística y Cultura durante el curso actual.
Artículo 17.– Condiciones de realización de la actividad y obligaciones de los centros beneficiarios.
Los beneficiarios de las subvenciones deberán realizar la actividad de acuerdo con las siguientes condiciones y cumplir las siguientes obligaciones:
1.– Aceptar la subvención concedida. En este sentido, si en el plazo de 15 días tras la fecha de notificación, las entidades beneficiarias no renunciaran expresamente y por escrito a la misma, se entenderá que ha sido aceptada.
2.– Utilizar la subvención para el destino para el que ha sido concedida.
3.– Facilitar a la Dirección de Formación y Aprendizaje, a la Oficina de Control Económico y al Tribunal Vasco de Cuentas Públicas la información sobre las subvenciones recibidas con cargo a esta convocatoria que le sea requerida en el ejercicio de sus funciones.
4.– Comunicar a la Dirección de Formación y Aprendizaje del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, la obtención de subvenciones o ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquier Administración o ente, tanto público como privado, destinados a la misma finalidad que la contemplada en la presente Orden.
5.– Comunicar a la Dirección de Formación y Aprendizaje del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura la modificación de cualquier circunstancia que haya podido ser tenida en cuenta para la concesión de la subvención.
6.– Facilitar a la Viceconsejería de Formación Profesional directamente o por medio de algunos de sus entes, como el Centro de Innovación para la Formación Profesional y el Aprendizaje Permanente, Tknika, el seguimiento de cada uno de los proyectos.
7.– El centro deberá mantener a la persona responsable del proyecto hasta su finalización. En el caso que la persona responsable del proyecto no pudiera, por causas justificadas, seguir en el proyecto hasta su finalización, el centro deberá solicitar la autorización de la sustitución al Director de Formación y Aprendizaje para su aprobación, indicando en todo caso los datos de la persona que se propone para responsabilizarse del proyecto.
8.– Todos los centros educativos seleccionados en cada uno de los proyectos deberán dejar sin horario lectivo a la persona responsable del proyecto durante los días de la semana indicados en el anexo I, durante el plazo indicado en el artículo 3.2., para poder desarrollar el proyecto en Tknika. Esta situación deberá quedar reflejada en el Documento de Actividades Educativas (DAE).
Artículo 18.– Protección de datos.
1.– De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y con la Ley 2/2004, de 25 de febrero, Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de datos, los datos de carácter personal recogidos en la tramitación de esta convocatoria, cuyo tratamiento y publicación es autorizado por las personas participantes en la misma, serán incluidos en el fichero denominado «Subvenciones y ayudas», cuyo objeto será gestionar la presente convocatoria de subvenciones, así como para informar a las personas concurrentes a dicha convocatoria de su desarrollo. La responsable de este fichero es la Dirección de Formación y Aprendizaje. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante la Dirección de Formación y Aprendizaje, dirigiéndose para ello a la siguiente dirección: calle Donostia-San Sebastián, 1, 01010 Vitoria-Gasteiz.
2.– La solicitud de participación en estos proyectos de innovación y emprendizaje conlleva la autorización a la Dirección de Formación y Aprendizaje a comprobar en otros organismos públicos la veracidad de los documentos presentados.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo un recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, en el plazo de un mes o un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses, a contar en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
En todo lo no regulado en la presente Orden, será de aplicación en materia procedimental lo dispuesto en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL CUARTA
A los efectos contemplados en el artículo 5.3 de la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la Resolución de las ayudas de la presente Orden queda supeditada a la previa existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
En Vitoria-Gasteiz, a 18 de diciembre de 2014.
La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura,
CRISTINA URIARTE TOLEDO.
ANEXO I
CARACTERÍSTICAS, REQUISITOS Y VALORACIONES ESPECÍFICAS DE CADA PROYECTO.
Los ciclos formativos mencionados en este anexo, se refieren a ciclos formativos impartidos en el curso 2014-2015.
La referencia que aparece en este anexo a «proyectos de innovación», alude a la convocatoria publicada en el BOPV el 5 de diciembre de 2013, referente a la Orden de 26 de noviembre de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan subvenciones para realizar proyos de innovación y emprendizaje a desarrollar por centros concertados y centros públicos de titularidad municipal que imparten ciclos formativos de Formación Profesional correspondientes al curso 2013-2014.
Los proyectos objeto de subvención a los que se refiere la presente Orden, objetivos, valoraciones específicas, requisitos específicos que deben cumplir, dependiendo del tipo de proyecto, así como las características específicas de cada uno, son los siguientes:
1..– Innovación en el entorno estratégico ferroviario.
● Se seleccionará un centro.
● El centro debe impartir:
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Fabricación mecánica.
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Instalación y mantenimiento.
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Electricidad y electrónica.
● Valoración específica:
○ Impartición del ciclo formativo de Soldadura y calderería: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Automatización y robótica industrial: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Mecatrónica industrial: 5 puntos.
○ Impartición de ciclos formativos de más de tres familias profesionales: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 42.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Facilitar a las pymes relacionadas con el sector ferroviario, la mejora continua de sus procesos clave de actuación.
○ Impulsar la innovación en las pymes relacionadas con el sector ferroviario ayudando a la implantación de nuevos procesos de fabricación.
○ Ensayar la viabilidad de procesos de emprendizaje.
○ Conocer y mejorar el aprovechamiento de las energías que generan los vehículos en Automoción.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: dos a media jornada.
● Este proyecto podrá ser ampliado por uno o dos cursos académicos siguientes al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
2.– Realidad aumentada. Soldadura basada en escenarios innovadores de simulación.
● Se seleccionará un centro.
● El centro debe impartir:
○ Soldadura y calderería.
○ Algún otro ciclo formativo de la familia profesional de Fabricación mecánica.
● Valoración específica:
○ Impartición de ciclos formativos de más de tres familias profesionales: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 42.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Simulación por medio de un ordenador para regular todos los ajustes de los parámetros de soldadura como si fuera una máquina de soldadura.
○ Visualizar los parámetros de soldadura elegidos junto con los defectos e imperfecciones acaecidos en dicho supuesto.
○ Facilitar y simular el cordón de soldadura realizado virtualmente por medio de unas antorchas de soldadura conexionadas al ordenador.
○ Posibilidad de utilización de cascos de soldadura con pantalla integrada.
○ Ajuste de los diferentes parámetros de soldadura y su corrección en tiempo real.
○ Facilitar a las pymes relacionadas con el sector mecánico, la mejora continua de sus procesos clave de actuación.
○ Impulsar la innovación en las pymes relacionadas con el sector mecánico ayudando a la implantación de nuevos procesos de fabricación.
○ Ensayar la viabilidad de procesos de emprendizaje.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: dos a media jornada o tres personas a un tercio de jornada a elección del centro.
● Este proyecto podrá ser ampliado por uno o dos cursos académicos siguientes al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
3.– Diseño de utillajes para manipulación de chapa de acero ultra resistente para automoción y aeronáutica.
● Se seleccionarán tres centros.
● El centro debe impartir:
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Electricidad y electrónica.
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Fabricación mecánica.
● Valoración específica:
○ Impartición del ciclo formativo de Diseño en fabricación mecánica: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Programación de la producción en fabricación mecánica: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Automatización y robótica industrial: 5 puntos.
○ Impartición de ciclos formativos de más de tres familias profesionales: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 21.000 euros a cada centro. En total 63.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Utilizar aceros de alta y ultra resistencia.
○ Seleccionar de diferentes materiales a utilizar con el acero.
○ Valorar la utilización de Al, Mg y Ti, entre otros, en aleación con aceros y su influencia en la resistencia mecánica y peso.
○ Valorar la mejora de este tipo de materiales respecto a los convencionales, tanto en automoción como en aeronáutica.
○ Calcular las resistencias por medio de su valoración con diferentes ensayos de tracción.
○ Diseñar utillajes para doblado y corte de este tipo de materiales.
○ Valorar la utilización de una metodología de trabajo que permita tener criterios a la hora del diseño en los utillajes de estampación en los sectores de automoción y aeronáutica.
○ Diseñar troqueles de estampación en chapa para estos sectores industriales.
○ Valorar la utilidad de este tipo de materiales en prensas.
○ Elaborar material didáctico con la metodología de trabajo para otros centros educativos, así como para empresas de automoción y aeronáutica.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: una a media jornada.
● Este proyecto podrá ser ampliado por uno o dos cursos académicos siguientes al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
4.– Tecnología de ingeniería inversa. Diseño, comprobación y verificación de piezas industriales o sanitarias unitarias.
● Se seleccionarán dos centros.
● El centro debe impartir:
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Electricidad y electrónica.
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Fabricación mecánica.
● Valoración específica:
○ Impartición del ciclo formativo de Diseño en fabricación mecánica: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Programación de la producción en fabricación mecánica: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Automatización y robótica industrial: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Ortoprotésis y productos de apoyo: 5 puntos.
○ Impartición de ciclos formativos de más de tres familias profesionales: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 21.000 euros a cada centro. En total 42.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Desarrollar y adaptar tecnologías y metodologías necesarias para la producción de piezas industriales unitarias o prótesis sanitarias personalizadas.
○ Diseñar y capturar información geométrica en tres dimensiones de un objeto físico.
○ Conocer la digitalización en 3D y la reconstrucción de superficies.
○ Desarrollar una metodología de trabajo desde la digitalización en 3D hasta la reconstrucción de superficies por medio de un programa de CAD.
○ Diseñar, fabricar y recuperar moldes y matrices unitarios.
○ Diseñar, fabricar y verificar piezas unitarias.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: una a media jornada.
● Este proyecto podrá ser ampliado por uno o dos cursos académicos siguientes al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
5.– Mecanizado de materiales. Diseño y elaboración de prototipos de elastómeros, fibras y composites.
● Se seleccionará un centro.
● El centro debe impartir:
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Fabricación mecánica.
● Valoración específica:
○ Si el centro ha sido seleccionado en «proyectos de innovación» en «Mecanizado de materiales renovables dirigido hacia el diseño y elaboración de elastómeros» el año anterior: 10 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Mecanizado: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Diseño en fabricación mecánica: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Programación de la producción en fabricación mecánica: 5 puntos.
○ Impartición de ciclos formativos de más de tres familias profesionales: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 42.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Conocer y trabajar este tipo de materiales renovables en diferentes condiciones de mecanizado.
○ Estimar y evaluar las condiciones de mecanizado más adecuadas para cada notarial.
○ Realizar varios prototipos con estos materiales y valorar su comportamiento en procesos de mecanizado.
○ Estimar y valorar la mecanización de estos tipos de materiales en las máquinas de arranque de viruta existentes.
○ Conocer y valorar la incorporación de este tipo de materiales a los procesos productivos de las empresas.
○ Valorar la alternativa de cambio de estos materiales por los tradicionales.
○ Elaborar material didáctico con la metodología de trabajo para otros centros educativos en esta familia profesional.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: dos a media jornada o tres personas a un tercio de jornada a elección del centro.
● Este proyecto podrá ser ampliado por uno o dos cursos académicos siguientes al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
6.– Diseño y optimización en la estampación.
● Se seleccionará un centro.
● El centro debe impartir:
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Electricidad y electrónica.
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Fabricación mecánica.
● Valoración específica:
○ Si el centro ha sido seleccionado en «proyectos de innovación» en «Diseño y optimización en procesos de estampación» el año anterior: 10 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Diseño en fabricación mecánica: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Programación de la producción en fabricación mecánica: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Automatización y robótica industrial: 5 puntos.
○ Impartición de ciclos formativos de más de tres familias profesionales: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 21.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Impulsar la utilización de herramientas como simuladores y cálculos por elementos estructurales en la estampación de chapa.
○ Conocer los procesos de conformado, estampación en caliente y conformado electromagnético para innovar en estos procesos.
○ Diseñar utillajes para alargamiento de la vida útil de las herramientas haciendo uso de diferentes tipos de recubrimientos y tratamientos.
○ Estudiar e implantar procesos tecnológicos de estampación en frío y en caliente, embutición, corte fino,.....
○ Valorar el autoaprendizaje del alumnado basado en la resolución de problemas por medio de la construcción de un troquel.
○ Analizar el diseño de troqueles y sus consecuencias para la utilización en estampación.
○ Acercar este tipo de materiales a las empresas del entorno.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: una a media jornada o dos personas a un cuarto de jornada a elección del centro.
● Este proyecto podrá ser ampliado por uno o dos cursos académicos siguientes al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
7.– Diseño, fabricación y gestión de la vida de un producto para reducción de costes.
● Se seleccionará un centro.
● El centro debe impartir:
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Electricidad y electrónica.
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Fabricación mecánica.
● Valoración específica:
○ Impartición del ciclo formativo de Diseño en fabricación mecánica: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Programación de la producción en fabricación mecánica: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Mantenimiento electrónico: 5 puntos.
○ Impartición de ciclos formativos de más de tres familias profesionales: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 21.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Innovar en la gestión de productos desde el momento conceptual hasta la realización final del producto.
○ Integrar el diseño del producto, su fabricación y la gestión de los datos necesarios para su fabricación para reducción de costes.
○ Realizar un seguimiento de los datos relacionados con un producto definido.
○ Unificar las especificaciones técnicas del producto, fabricación y desarrollo, además de los tipos de materiales necesarios para su producción.
○ Valorar el autoaprendizaje del alumnado basado en la resolución de problemas para el desarrollo de proyectos industriales.
○ Analizar el diseño de un producto y sus consecuencias para la utilización en proyectos industriales.
○ Acercar este tipo de soluciones a las empresas del entorno y valorar la mejora respecto a los procesos actuales de gestión.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: una a media jornada o dos personas a un cuarto de jornada a elección del centro.
● Este proyecto podrá ser ampliado por un curso académico siguiente al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
8.– Innovación en el diseño y mecanizado en troquelería.
● Se seleccionará un centro.
● El centro debe impartir:
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Fabricación mecánica.
● Valoración específica:
○ Impartición del ciclo formativo de Mecanizado: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Diseño en fabricación mecánica: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Programación de la producción en fabricación mecánica: 5 puntos.
○ Impartición de ciclos formativos de más de tres familias profesionales: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 42.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Analizar las diferentes tecnologías para la obtención de piezas metálicas.
○ Desarrollar nuevos procesos de mecanizado específicos en el ámbito de la troquelería.
○ Diseñar una metodología de trabajo en equipo para actualizar procesos de mecanizado dentro de la troquelería y matricería.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos que imparten esta Familia Profesional.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
○ Valorar el autoaprendizaje del alumnado basado en la resolución de problemas por medio de la construcción de un troquel para la automoción.
○ Analizar el diseño de troqueles y sus consecuencias para la utilización en empresas de matricería y troquelería en el ámbito de la automoción.
○ Acercar este tipo de materiales a las empresas del entorno.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: una a jornada completa o dos personas a media jornada, a elección del centro.
● Este proyecto podrá ser ampliado por uno o dos cursos académicos siguientes al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
9.– Automatización de sistemas en el control y recogida de datos con Arduino.
● Se seleccionarán dos centros.
● El centro debe impartir:
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Electricidad y electrónica.
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Fabricación mecánica.
● Valoración específica:
○ Si el centro ha sido seleccionado en «proyectos de innovación» en «Utilización del sistema android en el manejo de equipos industriales» el año anterior: 10 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Automatización y robótica industrial: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Sistemas de telecomunicación e informáticos: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Mantenimiento electrónico: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Administración de sistemas informáticos en red: 5 puntos.
○ Impartición de ciclos formativos de más de tres familias profesionales: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 21.000 euros a cada centro. En total 42.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Analizar las posibilidades que ofrecen los sistemas libres en sistemas automatizados con respecto a los de tecnología propietaria y su valoración en características y coste.
○ Diseñar el control de automatización de procesos y valorarlos en los campos de la robótica, telecomunicaciones o electrónica.
○ Integrar dispositivos de automatización controlando el funcionamiento de los sistemas y gestionado los equipos y servidores de la red de control.
○ Mantener sistemas integrados en domótica planificando acciones relacionadas con posibles averías.
○ Analizar las posibilidades de conectividad de la placa Arduino con sistemas industriales.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos que imparten el ámbito de la automatización de procesos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
○ Valorar el autoaprendizaje del alumnado basado en la resolución de problemas por medio del control de sistemas automatizados con esta plataforma libre.
○ Acercar este tipo de materiales a las empresas del entorno.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: una a media jornada o dos personas a un cuarto de jornada, a elección del centro.
● Este proyecto podrá ser ampliado por uno o dos cursos académicos siguientes al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
10.– Integración de procesos automatizados, control remoto de procesos industriales de robótica y visión artificial.
● Se seleccionarán dos centros.
● El centro debe impartir:
○ El ciclo formativo de Automatización y robótica industrial.
● Valoración específica:
○ Si el centro ha sido seleccionado en «proyectos de innovación» en «Utilización del sistema android en el manejo de equipos industriales» el año anterior: 10 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Sistemas de telecomunicación e informáticos: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Mantenimiento electrónico: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Administración de sistemas informáticos en red: 5 puntos.
○ Impartición de ciclos formativos de más de tres familias profesionales: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 21.000 euros a cada centro. En total 42.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Conocer y analizar las posibilidades de control remoto de los procesos industriales.
○ Analizar las posibilidades que ofrecen los sistemas automatizados y su valoración en características y coste.
○ Diseñar el control de automatización de procesos de forma remota y valorarlos en los campos de la robótica, telecomunicaciones o electrónica.
○ Integrar dispositivos de automatización controlando el funcionamiento de los sistemas y gestionando los equipos y servidores de la red de control.
○ Analizar sistemas integrados en control de robots.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos que imparten el ámbito de la automatización de procesos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
○ Valorar el autoaprendizaje del alumnado basado en la resolución de problemas por medio del control de sistemas automatizados.
○ Acercar este tipo de materiales a las empresas del entorno.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: una a media jornada o dos personas a un cuarto de jornada, a elección del centro.
● Este proyecto podrá ser ampliado por uno o dos cursos académicos siguientes al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
11.– Estandarización en el montaje y fabricación de equipos electrónicos.
● Se seleccionará un centro.
● El centro debe impartir:
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Electricidad y electrónica.
● Valoración específica:
○ Impartición del ciclo formativo de Mantenimiento electrónico: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Sistemas electrotécnicos y automatizados: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Sistemas de telecomunicación e informáticos: 5 puntos.
○ Impartición de ciclos formativos de más de tres familias profesionales: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 21.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Conocer la viabilidad de la reparación y producción de circuitos electrónicos.
○ Analizar los distintos estándar de certificación IPC.
○ Innovar en la mejora de los procesos productivos de las empresas en el sector de la electrónica.
○ Dotar al tejido industrial del conocimiento de estándar de certificación integral en electrónica.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos que imparten el ámbito de la electrónica.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
○ Valorar el autoaprendizaje del alumnado basado en la resolución de problemas por medio de los estándar IPC.
○ Acercar este tipo de materiales a las empresas del entorno.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: dos personas a un cuarto de jornada.
● Este proyecto podrá ser ampliado por un curso académico siguiente al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
12.– Hogar digital, sistemas domóticos y automatismos tecnológicos inteligentes.
● Se seleccionará un centro.
● El centro debe impartir:
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Electricidad y electrónica.
● Valoración específica:
○ Impartición del ciclo formativo de Instalaciones eléctricas y automáticas: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Sistemas electrotécnicos y automatizados: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Sistemas de telecomunicación e informáticos: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Automatización y robótica industrial: 5 puntos.
○ Impartición de ciclos formativos de más de tres familias profesionales: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 14.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Analizar los diferentes tipos de comunicaciones y las nuevas tecnologías a nivel domótico.
○ Desarrollar e interrelacionar los tipos de comunicaciones y tecnologías entre la informática y los elementos de confort, ocio, seguridad y entretenimiento de una vivienda.
○ Vincular los elementos de confort, ocio, seguridad y entretenimiento de una vivienda a través de un teléfono móvil.
○ Innovar en la mejora de las comunicaciones en un hogar digital.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos que imparten el ámbito de la domótica.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
○ Valorar el autoaprendizaje del alumnado basado en la resolución de problemas por medio de comunicaciones entre diferentes equipos informáticos y de seguridad.
○ Acercar este tipo de materiales a las empresas del entorno.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: una persona a un tercio de jornada.
● Curso de duración: 2014-2015.
13.– Innovación eléctrica y mecatrónica en los nuevos motores híbridos y eléctricos en automoción.
● Se seleccionarán dos centros.
● Cada centro debe impartir:
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Electricidad y electrónica.
● Valoración específica:
○ Impartición del ciclo formativo de Instalaciones eléctricas y automáticas: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Sistemas electrotécnicos y automatizados: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Automatización y robótica industrial: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Automoción: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Electromecánica de vehículos automóviles: 5 puntos.
○ Si el centro ha sido seleccionado el año anterior en el proyecto de innovación «Mecatrónica aplicada a la automoción en vehículos híbridos y eléctricos»: 10 puntos.
○ Si el centro ha sido seleccionado el año anterior en el proyecto de «Innovación eléctrica en los nuevos motores de propulsión alternativa en Automoción»: 10 puntos.
● Cantidad subvencionable: 21.000 euros a cada centro. En total 42.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Diseñar y desarrollar un banco de potencia estático de motores eléctricos aplicados a la Automoción.
○ Innovar y mejorar los diferentes tipos de suspensión y comportamiento dinámico de vehículos eléctricos.
○ Incorporar la medición de otras variables provenientes del banco de potencia eléctrico.
○ Innovar en las comunicaciones en el sector de la automoción.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos que imparten Automoción.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
○ Valorar el autoaprendizaje del alumnado basado en la resolución de problemas por medio de comunicaciones en automoción.
○ Acercar este tipo de materiales a las empresas del entorno.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: una a media jornada o dos personas a un cuarto de jornada, a elección del centro.
● Este proyecto podrá ser ampliado por uno o dos cursos académicos siguientes al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
14.– Innovación en la restauración de vehículos históricos con el uso de tecnologías adecuadas con el medio ambiente.
● Se seleccionarán tres centros.
● Cada centro debe impartir:
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Transporte y mantenimiento de vehículos.
● Valoración específica:
○ Impartición del ciclo formativo de Automoción: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Electromecánica de vehículos automóviles: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Carrocería: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Instalación y amueblamiento: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 7.000 euros a cada centro. En total 21.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Diseñar y desarrollar una metodología para identificar las características de vehículos históricos y adecuarla a tecnologías que respeten el medio ambiente.
○ Comparar las características de los vehículos históricos en su estado actual y ver las posibles actuaciones, adecuadas con el medio ambiente, para recuperar su estado original.
○ Innovar en los campos anexos a la automoción para adecuar los chasis y accesorios a su estado original.
○ Incorporar la medición de variables provenientes de las mediciones realizadas a los vehículos históricos en su estado actual.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos que imparten Automoción.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
○ Valorar el autoaprendizaje del alumnado basado en la resolución de problemas en automoción.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: una a un sexto de jornada.
● Este proyecto podrá ser ampliado por un curso académico siguiente al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
15.– Análisis de los efectos del uso de biocombustibles en automoción.
● Se seleccionará un centro.
● El centro debe impartir:
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Transporte y mantenimiento de vehículos.
● Valoración específica:
○ Impartición del ciclo formativo de Automoción: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Electromecánica de vehículos automóviles: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Carrocería: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 28.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Analizar los diferentes aceites procedentes de cosechas del presente año.
○ Valorar las diferentes cualidades técnicas de los aceites para su incorporación en automoción.
○ Medir las diferentes variables de los sistemas de inyección y control de materiales.
○ Diseño de bancos de pruebas para estos motores.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos que imparten Automoción.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
○ Valorar el autoaprendizaje del alumnado basado en la resolución de problemas en automoción.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: dos a un tercio de jornada.
● Este proyecto podrá ser ampliado por un curso académico siguiente al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
16.– Innovación tecnológica y mejora en los sistemas de gestión, producción y competitividad a través del modelo basado en limitaciones.
● Se seleccionará un centro.
● El centro debe impartir:
○ Más de tres ciclos formativos diferentes, siendo uno de ellos del sector industrial.
○ Ciclos formativos de más de tres familias profesionales diferentes.
● A estos efectos, se consideran ciclos del sector industrial, los indicados como tales en el anexo I de la Orden de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan subvenciones para realizar actividades complementarias en centros concertados y en centros públicos de titularidad municipal que imparten ciclos formativos de Formación Profesional correspondientes al curso 2014-2015.
● Valoración específica:
○ Si el centro ha sido seleccionado en «proyectos de innovación» en «Innovación tecnológica y mejora en los sistemas de gestión, producción y competitividad a través del modelos basado en limitaciones» el año anterior: 10 puntos.
○ Impartición de ciclos formativos de más de cuatro familias profesionales diferentes: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 42.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Innovar y mejorar la eficiencia en la producción, tanto en la perspectiva de la empresa como del cliente.
○ Implantar y desarrollar un sistema operacional en un taller en la gestión de los despilfarros, en la gestión de flujos y en los medios de producción.
○ Gestionar las prioridades del taller y la organización del proceso continuo.
○ Formar al alumnado en un ambiente próximo a una verdadera empresa y practicar las técnicas y herramientas de mejora continua y resolución de problemas in situ.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza en la medida de sus posibilidades.
○ Formar a los alumnos en un ambiente próximo a una verdadera fábrica y practicar las técnicas y herramientas de mejora continua y resolución de problemas in situ.
○ Fomentar en los alumnos diferentes formas para ayudar a las empresas a mejorar su eficiencia en la producción.
○ Implicación de las personas en el desarrollo de competencias y en la resolución de los problemas.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos, sobre todo en el sector industrial.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: dos a media jornada.
● Curso de duración: 2014-2015...
17.– Innovación aplicada para la mejora de la gestión de los centros, ahorro de recursos y transferencia de identificación por radiofrecuencia (RFID).
● Se seleccionará un centro.
● El centro debe impartir:
○ El ciclo formativo de Sistemas de telecomunicación e informáticos.
○ Varios ciclos formativos diferentes dentro de la familia profesional Informática y comunicación.
● Valoración específica:
○ Si el centro ha sido seleccionado en «proyectos de innovación» en «Innovación aplicada para la mejora de la gestión de los centros, ahorro de recursos y transferencia de conocimiento con tecnología de identificación por radiofrecuencia (RFID)» el año anterior: 10 puntos.
○ Impartición de ciclos formativos de más de cuatro familias profesionales diferentes: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 42.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Mejorar la gestión de los centros con nuevas tecnologías que mejoren la eficiencia y el ahorro de recursos.
○ Reducir la cantidad de recursos empleados en el control del material.
○ Desarrollar la arquitectura, interpretación, filtrado, almacenamiento y comunicación de toda la información recogida por el sistema y que cumpla con la ley de protección de datos LOPD.
○ Definir e implementar las bases de datos necesarias para la implantación del proyecto de acuerdo con lo existente actualmente en los centros de formación profesional.
○ Estudio de los programas informáticos más adecuados con los existentes en los centros de formación profesional que permitan la consulta, gestión y tratamiento de los datos generados.
○ Mejorar la gestión del aula en lo referente al control de asistencia.
○ Innovar en la gestión de la situación de las personas dentro del centro.
○ Gestionar y controlar el acceso de personas a zonas concretas del centro.
○ Acceder en tiempo real a los listados de faltas en los diferentes recintos del centro.
○ Controlar la ubicación del material inventariable del centro.
○ Facilitar la gestión de material y equipamiento del centro.
○ Conocer los diferentes sistemas para diferenciar el control de salidas con las entradas a los centros.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos que imparten esta Familia Profesional.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: dos a media jornada.
● Curso de duración: 2014-2015.
18.– Ejercicio físico para el envejecimiento activo.
● Se seleccionarán dos centros.
● Cada centro debe impartir:
○ El ciclo formativo de Animación de actividades físicas y deportivas.
● Valoración específica:
○ Impartición de algún ciclo de la familia profesional de informática y comunicaciones: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 10.500 euros a cada centro. En total 21.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Colaborar en la elaboración de actividades para una sociedad más activa en la forma y menos sedentaria.
○ Colaborar en la consecución de algunos de los objetivos del plan de salud 2013-2020.
○ Diseñar estrategias y acciones que tengan efecto en todos los grupos de población referente a personas con enfermedad y población mayor.
○ Realizar protocolos de actuación para conseguir un envejecimiento activo en personas mayores.
○ Adquirir estrategias de vida saludables.
○ Realizar una cartera de servicios, productos y programas de ejercicio físico para el envejecimiento activo de las personas.
○ Realizar una cartera de servicios, productos y programas de ejercicio físico para personas con enfermedad.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos que imparten esta Familia Profesional.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: una a un cuarto de jornada.
● Este proyecto podrá ser ampliado por un curso académico siguiente al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
19.– Innovación en los productos de industrias alimentarias acordes con las nuevas tendencias de consumo.
● Se seleccionará un centro.
● El centro debe impartir:
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Industrias alimentarias.
● Valoración específica:
○ Impartición del ciclo formativo de procesos y calidad en la industria alimentaria: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 21.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Identificar y desarrollar nuevos productos alimentarios innovadores para las empresas de agroalimentación basados en las nuevas tendencias del consumo y adaptados a las nuevas tecnologías.
○ Innovar en estrategias en procesos de calidad en la industria alimentaria.
○ Innovar en la denominada comida saludable.
○ Desarrollar etiquetas innovadoras en la industria alimentaria.
○ Desarrollar productos lácteos innovadores.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos que imparten esta Familia Profesional.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: dos a un cuarto de jornada.
● Este proyecto podrá ser ampliado por un curso académico siguiente al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
20.– Imágenes ultrasónicas en Imagen para el diagnóstico sanitario.
● Se seleccionarán dos centros.
● Cada centro debe impartir:
○ El ciclo formativo de Imagen para el diagnóstico.
● Valoración específica:
○ Impartición de ciclos formativos de más de tres familias profesionales: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 10.500 euros a cada centro. En total 21.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Conocer las aplicaciones científicas en que se basan las imágenes ultrasónicas.
○ Relacionar las tecnologías de comunicaciones inalámbricas y los factores de cambio en la sanidad.
○ Protocolizar la seguridad del paciente y del técnico sanitario en el uso de las nuevas tecnologías de comunicación.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos que imparten esta Familia Profesional.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: una a un cuarto de jornada.
● Curso de duración: 2014-2015.
21.– Biotecnología.
● Se seleccionará un centro.
● El centro debe impartir:
○ Algún ciclo formativo de la familia profesional de Sanidad.
● Valoración específica:
○ Impartición del ciclo formativo de laboratorio de diagnóstico clínico: 5 puntos.
○ Impartición de ciclos formativos de más de tres familias profesionales: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 14.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Desarrollar actividades prácticas en biotecnología conociendo el nivel de riesgo asumible.
○ Analizar y valorar el comportamiento de diferentes agentes biológicos dependiendo de su nivel de riesgo.
○ Valorar e incentivar la puesta en marcha de un laboratorio virtual de ensayos biotecnológicos.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos que imparten esta Familia Profesional.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: una a un tercio de jornada.
● Este proyecto podrá ser ampliado por un curso académico siguiente al 2014-2015, de acuerdo con el artículo 9.
22.– Innovación en la alimentación para un envejecimiento activo y su influencia en enfermedades crónicas e intolerancias alimenticias.
● Se seleccionará un centro.
● El centro debe impartir:
○ Impartición del ciclo formativo de Dirección de cocina.
○ Impartición del ciclo formativo de Dirección de servicios de restauración.
● Valoración específica:
○ Impartición del ciclo formativo de Cocina y gastronomía: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Servicios en restauración: 5 puntos.
○ Impartición del ciclo formativo de Dietética: 5 puntos.
● Cantidad subvencionable: 84.000 euros.
● Funciones y objetivos propuestos:
○ Desarrollar actividades prácticas para aminorar el tema de la hipertensión en las personas.
○ Desarrollar actividades prácticas para reducir el índice de glucosa y colesterol en las personas con productos más sostenibles.
○ Realización de diferentes tipos de menús acordes con el envejecimiento activo de las personas.
○ Creación de una guía de los agentes (proteínas) creadoras de rechazo que son más extendidas actualmente.
○ Realización de una clasificación de las proteínas creadoras de intolerancias de acuerdo con sus propiedades y características.
○ Elaboración de un protocolo de trabajo en la utilización y uso de las proteínas creadoras de intolerancias, que minimice el impacto en las personas.
○ Desarrollar y buscar alimentos sustitutos de materias que crean rechazo.
○ Crear una cocina terapéutica adaptada a la diabetes, a la hipertensión y a la hipercolesterolemia u otras enfermedades crónicas.
○ Transferir el conocimiento de los avances tecnológicos al resto de centros educativos que imparten esta Familia Profesional.
○ Adecuar estas tecnologías y su inclusión en los programas formativos de enseñanza.
● N.º de personas que deberán disponer de esta liberación lectiva: dos a jornada completa o cuatro a media jornada a elección del centro.
● Curso de duración: 2014-2015.
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