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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 237, viernes 12 de diciembre de 2014


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SALUD
5314

RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2014, del Viceconsejero de Salud, por la que se resuelven distintas solicitudes de ayuda presentadas a la convocatoria de ayudas a proyectos de investigación en salud a iniciar en el año 2013.

Primero.– Mediante Orden de 11 de septiembre de 2013, del Consejero de Salud, se convocan ayudas a proyectos de investigación en salud a iniciar en el año 2013. (BOPV n.º 180 de 20 de septiembre de 2013).

Segundo.– El BOPV de 12 de marzo de 2014 publica la resolución de 27 de febrero de 2014, del Viceconsejero de Salud, por la que se resuelve dicha convocatoria de ayudas y se acuerda la financiación de los proyectos de investigación que se relacionan en el anexo I.

Por su parte, en el anexo III se relacionan los proyectos que han sido desestimados, entre los que se encuentran los proyectos que a continuación se relacionan y cuyos títulos son los siguientes:

● Terapia celular basada en células madre mesenquimales aplicada a pacientes pediátricos con Osteogénesis imperfecta: ensayo clínico y estudio del modo de acción del medicamento celular.

● Biomarcadores del virus del papiloma humano.

● Expansión rápida maxilar en el tratamiento del síndrome de Apnea Hipopnea Pediátrico Residual tras adenoamigdalectomía: ensayo clínico aleatorizado y controlado.

● Caracterización de biomarcadores sanguíneos de ingesta de lácteos en una población de consumidores de Gipuzkoa.

● Genes modificadores de la severidad de la fibrosis quística y desarrollo de modelos in vitro.

La razón de las denegaciones es, en todos los casos, que no se consideran proyectos multicéntricos en la forma exigida por el artículo 6.1 de la Orden de 11 de septiembre de 2013, reguladora de las ayudas.

Tercero.– Contra dicha denegación, los centros solicitantes de la ayuda interponen en tiempo y forma recursos de alzada, recursos que fueron estimados mediante sendas órdenes del Consejero de Salud. En todos los casos, dichas órdenes especificaban que la estimación tiene por efecto «la admisión a trámite de la solicitud para participar en el proceso, conforme a las reglas propias del concurso, la evaluación del proyecto por la Comisión de Valoración con arreglo a los criterios señalados en el artículo 12 y, en caso de que proceda, la obtención de la ayuda cuantificada según lo dispuesto en el artículo 13 (siempre de la Orden de 11 de septiembre de 2013, antes citada)».

Cuarto.– Con fecha 9 de octubre de 2014 se reúne nuevamente la Comisión de Valoración. De dicha reunión se ha levantado acta, en la que se hace constar las puntuaciones obtenidas por cada uno de dichos proyectos en la valoración científico-técnica realizada por evaluadores externos. Dos de los proyectos no alcanzan en el informe científico-técnico la puntuación mínima de 50 puntos exigidos por la Orden reguladora de las ayudas para ser considerados financiables. Los otros tres sí superan dicha puntuación y, en consecuencia, pasan a ser evaluados por la Comisión de Valoración, pero en esta fase no alcanzan la puntuación mínima señalada, que es de 60 puntos. Por esta razón, y en aplicación de las bases de la convocatoria, la Comisión de Valoración propone la denegación de la ayuda solicitada para la financiación de los cinco proyectos mencionados.

Quinto.– De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1 de la Orden de 11 de septiembre de 2013, del Consejero de Salud, por la que se convocan ayudas a proyectos de investigación en salud a iniciar en 2013, corresponde al Viceconsejero de Salud dictar la presente Resolución.

Por todo lo expuesto, finalizado el procedimiento, analizada la propuesta de la Comisión de Valoración, y en aplicación de las normas reguladoras de la convocatoria de ayudas,

RESUELVO:

Primero.– Denegar la financiación de los cinco proyectos de investigación sanitaria relacionados en el punto segundo, por no alcanzar la puntuación mínima exigida por la Orden de 11 de septiembre de 2013, del Consejero de Salud, por la que se convocan ayudas a proyectos de investigación sanitaria a iniciar en 2013.

Segundo.– Notifíquese a los interesados la presente Resolución, con indicación de que no agota la vía administrativa y que contra ella podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Salud, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la recepción de su notificación, así como cualquier otro que estimen oportuno.

Vitoria-Gasteiz, a 11 de noviembre de 2014.

El Viceconsejero de Salud,

GUILLERMO VIÑEGRA GARCÍA.


Análisis documental