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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 218, viernes 14 de noviembre de 2014


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SOCIEDAD PARA LA TRANSFORMACIÓN COMPETITIVA-ERALDAKETA LEHIAKORRERAKO SOZIETATEA, S.A.
4901

ANUNCIO de modificación de la normativa del programa de ayudas «Renove Maquinaria».

El Consejo de Administración de Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A., en su reunión de 15 de octubre de 2014, adoptó el acuerdo de modificar el artículo 8 «Requisitos aplicables a los gastos elegibles» de la normativa del Programa «Renove Maquinaria».

Tras la modificación acordada, la nueva redacción del artículo afectado, será como sigue:

«Artículo 8.– Requisitos aplicables a los gastos elegibles.

1.– En la valoración de los gastos elegibles se tendrán en cuenta los siguientes criterios.

a) Los gastos elegibles deberán estar directamente relacionados con la actuación que constituye el objeto de este Programa.

b) Los descuentos y similares, incluidos o no en factura, supondrán un menor valor del gasto.

c) La valoración del gasto elegible será en función del criterio de devengo.

d) La valoración del gasto elegible en moneda distinta al euro se convertirá a éste al tipo de cambio del día fecha-factura.

e) El impuesto repercutido en factura y no recuperable tendrá la consideración de gasto elegible. En tal caso se deberá acreditar tal condición vía certificado del Departamento de Hacienda de la Diputación Foral correspondiente.

f) En ningún caso tendrá la consideración de gasto elegible el impuesto sobre el valor añadido repercutido en factura.

g) En ningún caso tendrán la consideración de gastos elegibles la maquinaria fabricada por el propio solicitante o por empresas del grupo.

2.– La maquinaria nueva será instalada en la empresa beneficiaria debiendo estar incluida en la evaluación de riesgos de la empresa. Además deberá cumplir con las siguientes especificaciones y características.

a) La maquinaria nueva deberá cumplir con todas las disposiciones establecidas en el artículo 2, apartados 5, 6 y 7.

b) Tener el marcado CE en la máquina de manera visible, legible e indeleble.

c) Contar con la preceptiva declaración "CE" de conformidad de la máquina. Esta declaración y el manual de instrucciones deberán estar redactados o traducidos del original, al menos en castellano.

La adquisición de la nueva maquinaria podrá financiarse mediante arrendamiento financiero y será considerada subvencionable, siempre y cuando la empresa se comprometa expresamente a ejercitar la opción de compra correspondiente ante la entidad financiera con la que realice la operación».

En Bilbao, a 15 de octubre de 2014.

El Director General,

ALEXANDER ARRIOLA LIZARRITURRI.


Análisis documental