Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 128, martes 8 de julio de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
3084

DECRETO 138/2014, de 24 de junio, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la toma de participación en la ampliación de capital de la sociedad San Mamés Barria, S.L.

El Consejo de Administración de San Mamés Barria, S.L. acordó, en su reunión de 2 de junio de 2014, proponer a la Junta General de Accionistas aumentar el capital en treinta y dos millones setecientas mil (32.700.000) euros, y la Junta General de socios celebrada el día 4 de junio de 2014 acordó materializar el aumento mediante dos ampliaciones sucesivas del capital social por importe de 21.150.000 euros la primera y 11.550.000 euros la segunda, mediante la emisión de 32.700.000 nuevas participaciones sociales, indivisibles y acumulables, de un euro (1 euro) de valor nominal cada una de ellas, con los mismos derechos políticos y económicos que las actualmente existentes.

Actualmente, San Mamés Barria, S.L., con 140.766.103 euros de capital social, está participada por el Athletic Club, con un 26,50% de las participaciones sociales, por la Diputación Foral de Bizkaia, titular del 28,70%, la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que detenta el 23,16% de las participaciones, Kartera 2, S.L., 21,60% de las participaciones y el Ayuntamiento de Bilbao, titular del 0,04 del capital social.

De la primera ampliación de capital la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco suscribirá 3.450.000 participaciones sociales de las nuevamente emitidas, procediendo al correspondiente desembolso no más tarde del 1 de julio de 2014, completándose la suscripción de las nuevas participaciones sociales de esta ampliación de capital por los demás socios y por los siguientes importes: Athletic Club 3.200.000 euros, Kartera 2, S.L. 4.900.000 euros y Diputación Foral de Bizkaia 9.600.000 euros.

Las participaciones sociales emitidas por la segunda ampliación de capital serán suscritas por la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en número de 3.450.000, que se completan con las suscripciones por Athletic Club en número de 3.200.000 y Kartera 2, SL que asume las 4.900.000 participaciones restantes. El desembolso del valor de las participaciones así suscritas se llevará a cabo no más tarde del 1 de octubre de 2014.

El artículo 110.1 del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, dispone que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno, por decreto, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento al que, directamente o a través de un ente instrumental, se encuentre o vaya a encontrarse vinculada la sociedad. El decreto será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de su eficacia desde la fecha en que se dicte.

El decreto que autorice la adquisición de valores representativos de capital, salvo que se trate de adquisición a título gratuito, indicará necesariamente el objeto social y el porcentaje de participación, directa o indirecta, que tendrá la Comunidad Autónoma en la sociedad.

El objeto social de la sociedad San Mamés Barria, S.L. es la promoción, construcción y explotación de un nuevo estadio deportivo en los terrenos de los que sea titular la sociedad en Bilbao. La explotación del nuevo estadio incluirá tanto el desarrollo de actividades deportivas, como cuantas actividades complementarias pudieran realizarse en el estadio en atención a los usos aprobados legalmente en relación con el mismo, actividades que podrá realizar la sociedad, ya directamente, ya a través de terceros.

Cuando se haya hecho efectiva la adquisición por parte de los socios de las nuevas participaciones sociales emitidas en las dos ampliaciones de capital, la participación de esta Administración en San Mamés Barria, S.L. será del 22,77%.

Puesto que los aumentos de capital social implican la necesaria modificación de los estatutos sociales, se precisa también autorizar al representante en la Junta General de Socios de San Mamés Barria, S.L. de las participaciones titularidad de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para que manifieste su conformidad a tales modificaciones, tal y como establece el artículo 111 del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura y del Consejero de Hacienda y Finanzas, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 24 de junio de 2014,

DISPONGO:

Artículo 1.– Autorizar la toma de participación por la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en las ampliaciones de capital que tiene previsto realizar la sociedad San Mamés Barria, S.L., mediante la adquisición de 6.900.000 participaciones sociales, por un valor de seis millones novecientos mil (6.900.000) euros, así como su desembolso en la forma señalada por la Junta General de Accionistas en el correspondiente Acuerdo de ampliación de capital. La participación final de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, tras la ejecución de los acuerdos de ampliación de capital previstos será del 22,77 %.

Artículo 2.– Autorizar la prestación de consentimiento por parte del representante de las participaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en la Junta General de Socios a las modificaciones pertinentes del artículo 5 de los estatutos sociales San Mamés Barria, S.L.

Artículo 3.– Facultar a la Directora de Patrimonio y Contratación para el ejercicio de cuantas actuaciones sean necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos el mismo día de su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 24 de junio de 2014.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Hacienda y Finanzas,

RICARDO GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA.

La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.


Análisis documental