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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 127, lunes 7 de julio de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
3049

DECRETO 128/2014, de 24 de junio, por el que se declara de interés social a la sociedad Gaztaroa-Sartu Koop. Elk.

El artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales, que cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente, en reconocimiento de su trayectoria y contribución del Tercer Sector de Acción Social al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma.

El Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, regula los requisitos y el procedimiento aplicables para la obtención de la declaración de interés social.

A su amparo, la entidad Gaztaroa-Sartu Koop. Elk ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla de acción social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de interés social.

Tal y como informa la Dirección de Servicios Sociales, la sociedad Gaztaroa-Sartu Koop. Elk. es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 2013 a partir de la transformación de la Asociación de reinserción social Gaztaroa. La escritura de elevación a público del acuerdo de la transformación recoge que todo el patrimonio, derechos y obligaciones de la Asociación Gaztaroa, quedan traspasados por sucesión universal a Gaztaroa-Sartu, Koop. Elk. de trabajo asociado e iniciativa social, que tiene como objeto principal la promoción y desarrollo de actividades y servicios encaminados a conseguir la plena inclusión social de personas y/o grupos en situación de dependencia, desprotección, discapacidad, pobreza y exclusión social, o en riesgo de estarlo. Cuenta con una trayectoria histórica de prestación de servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que ha acreditado el desarrollo de su actividad ininterrumpidamente desde 2008, principalmente en el Territorio Histórico de Bizkaia. Para la acreditación de dicha trayectoria histórica, se atiende a la actividad de la Asociación de reinserción social Gaztaroa, precedente de Gaztaroa-Sartu Koop. Elk.

De conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 424/2013, de 7 de octubre, la declaración de interés social se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero del Departamento competente en materia de servicios sociales que ha instruido el oportuno expediente.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 24 de junio de 2014,

DISPONGO:

Artículo 1.– Declarar de interés social a la sociedad Gaztaroa-Sartu Koop. Elk, por considerar que contribuye al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco mediante el desarrollo de sus actividades de acción social.

Artículo 2.– Reconocer a la sociedad Gaztaroa-Sartu Koop. Elk los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 24 de junio de 2014.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Empleo y Políticas Sociales,

JUAN MARÍA ABURTO RIQUE.


Análisis documental