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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 107, lunes 9 de junio de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL
2511

RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2014, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Construcción del Aparcamiento de Ibarbengoa y sus accesos en la línea 1 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao».

Mediante Resolución de 10 de enero de 2014, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, se aprobó el «Proyecto de construcción del aparcamiento de Ibarbengoa y sus accesos en la línea 1 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao».

La modificación del Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria del País Vasco, relativa a la ordenación ferroviaria en el área del Bilbao Metropolitano, aprobado definitivamente por Decreto 34/2005, de 22 de febrero, recogía entre otras actuaciones la eliminación del paso a nivel de Maidagan y la construcción de la nueva estación en Ibarbengoa con vocación de dar servicio al territorio y de alimentación del ferrocarril mediante intercambio con el vehículo privado. En dicho Plan se definía el tramo de Banda de Reserva de Sistema General de uso ferroviario que comprendía el nuevo trazado incluyendo tanto la Estación como el Aparcamiento.

El aparcamiento, considerado como un elemento complementario de la infraestructura ferroviaria, dispondrá de aproximadamente 300 plazas a construir en planta de superficie más dos plantas subterráneas, al cual se le añaden dos accesos, uno viario que va desde la calle Ormaza hasta la Estación, así como otro peatonal.

A efectos de obtención de los terrenos y de la gestión de los bienes y derechos afectados, el Proyecto contiene la identificación pormenorizada de los mismos mediante la relación y planos parcelarios del Anejo de expropiaciones.

Este órgano es competente para la adopción de los actos de tramitación y resolución del procedimiento de expropiación forzosa para la realización de las obras de infraestructura ferroviaria de competencia de la Comunidad Autónoma, según lo dispuesto en el artículo 14.1.c) del Decreto 196/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial, en relación al artículo 13.1.g) del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, modificado por Decreto 8/2013, de 1 de marzo y Decreto 34/2013, de 2 de diciembre, de segunda modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, la aprobación de los proyectos de establecimiento de nuevas líneas o de ampliación y mejora de las existentes que contengan la determinación de los bienes que se considera preciso ocupar supone, a efectos de los requisitos y del procedimiento de expropiación forzosa, la declaración de utilidad pública o interés social del proyecto y de sus modificaciones, y la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados identificados en los mismos.

No obstante, aunque se entienda que la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados se encuentra implícita en la aprobación del Proyecto, los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley de Expropiación Forzosa establecen la obligación de formular la relación descriptiva de dichos bienes y derechos y de someterla al trámite de información pública, a fin de que puedan formularse alegaciones y aportar datos en orden a la rectificación de los posibles errores de la misma y a la correcta determinación de los interesados.

Por lo cual, vistas las disposiciones citadas y demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Someter al trámite de información pública la adjunta relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto de construcción del aparcamiento de Ibarbengoa y sus accesos en la línea 1 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao», al objeto de que durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de la presente Resolución, puedan presentarse alegaciones a los efectos de subsanar los posibles errores de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.2 y concordantes de la Ley de Expropiación Forzosa, dirigiéndose para ello a la Dirección de Infraestructuras del Transporte, Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial, calle Donostia-San Sebastián n.º 1, Vitoria-Gasteiz.

Durante el referido plazo, la relación de bienes y derechos quedará asimismo expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Getxo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de mayo de 2014.

La Directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA ALMUDENA RUIZ DE ANGULO DEL CAMPO.

(Véase el .PDF)

Análisis documental