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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 231, miércoles 4 de diciembre de 2013


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 6 DE VITORIA-GASTEIZ
5296

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 263/13 seguido sobre contratos en general.

Juzgado de Primera Instancia N.º 6 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: pro. ordinario L2 263/2013.

Demandante: Opacua, S.A.

Abogado: Zubeldia Moneo Maria.

Procurador: Frade.

Demandado: Gesaltza Viviendas, S. Coop.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado, el 09-10-2013, Sentencia n.º 214/13 cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Que, estimando la demanda interpuesta por la mercantil Opacua, S.A., representada por la Procuradora señora Frade Fuentes, debo condenar, y condeno, a la demandada, Gesaltza Viviendas Sociedad Cooperativa, a abonar a la actora la cantidad de 66.833,68 euros.

Dicha cantidad devengará los intereses indicados en el Fundamento Jurídico Segundo de esta sentencia.

Todo ello condenando a la parte demandada al pago de las costas procesales de esta primera instancia.

Una vez firme esta sentencia, archívese, con testimonio de la misma, la pieza de Medidas Cautelares 4/2013 en la que aparece señalada vista para el próximo 4 de noviembre, señalamiento que quedará sin efecto con el archivo.

Así, por ésta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Gesaltza Viviendas, S. Coop. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de noviembre de 2013.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental