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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 229, lunes 2 de diciembre de 2013


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SALUD
5237

RESOLUCIÓN de 13 noviembre de 2013 del Viceconsejero de Salud, por la que se conceden Becas y Ayudas para la formación de los profesionales del ámbito sanitario.

Por Orden de 11 de septiembre de 2013 (BOPV de 13 de septiembre de 2013) del Consejero de Salud, se convocaron Becas y Ayudas para la formación de profesionales del ámbito de la salud.

El artículo 13 de dicha Orden establece que las solicitudes de Becas y Ayudas serán resueltas por el Viceconsejero de Salud, a propuesta de la Comisión de Valoración nombrada al efecto por el Consejero de Salud, mediante Resolución que será publicada en el BOPV.

Por lo expuesto, vistas las solicitudes presentadas a esta convocatoria y considerada la propuesta de la Comisión de Valoración,

RESUELVO:

Primero.– Conceder las Becas y Ayudas para formación de los profesionales del ámbito sanitario a las personas y en las cuantías que a continuación se determinan:

Modalidad A (Becas y ayudas para la realización de cursos y estancias en centros extranjeros y actividades formativas dirigidas a la adquisición de competencias en gestión sanitaria en centros estatales y extranjeros).

Arispe Ruiz de Gauna, Javier: 3.538 euros

Arrospide Elgarresta, Arantzazu: 1.848 euros

Ballesteros Peña, Sendoa: 1.040 euros

Buqué Martinez, Aitziber: 10.300 euros

De Miguel Aguirre, Miren Eguzkiñe: 3.538 euros

Fernandez Jimenez, Nora: 4.160 euros

Garcia Parra, Patricia: 2.056 euros

Gomez Coloma, Alexander: 2.000 euros

Gurrutxaga Arriola, Miren Idoia: 3.538 euros

Jaunarena Marin, Ibón: 860 euros

Labayen Beraza, Fermín: 3.538 euros

Larrinaga Llaguno, Maite: 2.000 euros

Larrinaga Llaguno, Nerea: 2.000 euros

Lopez Ayarzagüena, Garbiñe: 4.170 euros

Lopez Picado, AmandaL 860 euros

Matheu Fernandez, Ander: 6.700 euros

Miranda Serrano, Erika: 840 euros

Pascal Jimenez, María: 4.800 euros

Pombo Ramos, Haizea: 5.100 euros

Rodriguez Velasco, María: 1.035 euros

Ruiz Echebarria, Miren Amaya: 3.538 euros

Ruiz Vaquero, Edurne: 4.170 euros.

Segundo.– Denegar la ayuda a los solicitantes que se indican a continuación por los motivos que se señalan:

Modalidad A:

Pascual Larrieta, Fernando.

Garmendia Tolosa, Ana Jesús:

Irasarri Sebastian, Ana M.ª

Sanchez Aldea, Irati

Alvarez Amezaga, Julio

por considerar que las actividades para las que se solicita la beca (cursos reglados y estancias que no van a realizarse en el Extranjero o no ser estudios de gestión sanitaria) no están incluidas en el ámbito subvencional definido en el artículo 1 de la Orden de convocatoria.

Bilbao Aldaiturriaga, Nerea: al curso «Genome informatics» por no iniciarse la actividad en 2013 (artículo 1 de la Orden de convocatoria),

a las actividades formativas denominadas «Farmacogenética practica» y «Farmacogenética de mirnas en osteosarcoma» por realizarse en el Estado, lo que las elimina si la Comisión las valora en la opción A, que es como se solicitó y si las incluye en la opción B, el plan formativo para la iniciación en investigación no llega a la puntuación mínima (60 puntos) que exige la convocatoria.

Gutiérrez Camino, Ángela:

al curso «Genome informatics» por no iniciarse la actividad en 2013 (artículo 1 de la Orden de convocatoria),

a la actividad formativa denominada «Variantes genéticas y epigenéticas de mirnas» por realizarse en el Estado, lo que las elimina si la Comisión las valora en la opción A, que es como se solicitó y si las incluye en la opción B, el plan formativo para la iniciación en investigación, no llega a la puntuación mínima (60 puntos) que exige la convocatoria.

Artaza Aristondo, Naiara,

por no alcanzar la actividad formativa presentada por la solicitante en la valoración, los 60 puntos exigidos en el artículo 3 de la Orden de convocatoria.

López Picado, Amanda (Erasmus Summer Programm 2014), Del Pino Saez, Rocio (Identificación y prevención de psicosis en la población general adulta) y Ortiz Espejo, Maria (Búsqueda de nuevos genes candidatos de diabetes Mody):

por no iniciarse la actividad en 2013 (artículo 1 de la Orden de convocatoria).

Modalidad B:

Larrinaga Llaguno, Maite (Master universitari en recerca en Salut)

Larrinaga Llaguno, Nerea (Master en investigación en salud)

Santesteban Otazu, Elena (Examen de reválida Master en metodología de la investigación)

Ariz Zubiaur, Monica (Master en gestión de servicios de enfermería)

Valero Telleria, Ana (Master en biología molecular y biomedicina)

Hernandez Gil, Arantzazu (Master en farmacología)

Herrera Del Val, Lara (Fundamentos y aplicaciones en citometría de flujo, Trasplante de progenitores hematopoyéticos y Plan de formación teórico-práctico)

López Zúñiga, María Aurora (Master en investigación en salud)

Santos Ibañez, Nerea (Master en investigación en salud).

por no iniciarse la actividad en 2013 (artículo 1 de la Orden de convocatoria).

Jauregui Miguel, Amaya (Estancia en Laboratorio de inmunogenética)

Royo Zubillaga, Naiara (Doctorado en neurociencias: Mención hacia la excelencia)

Carazo Perez, Sara (Master en epidemiología con memoria)

Amo Herrero, Laura (Plan de Formación en investigación)

Anton Ladislao, Ane (Plan de Formación en investigación).

por no alcanzar en la fase de valoración de solicitudes, los 60 puntos exigidos en el artículo 3 de la Orden de convocatoria.

Amado De Oliveira, Eduardo Manuel (Master universitario en Salud Publica)

Pereda Pereda, Eva (Master en Psicología)

Uranga Fraiz, Maria Aranzazu (Master universitario en Salud Publica).

por considerar que las actividades para las que se solicita la beca (cursos reglados y estancias que no van a realizarse en el Extranjero o no ser estudios de gestión sanitaria) no están incluidas en el ámbito subvencional definido en el artículo 1 de la Orden de convocatoria.

Tercero.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Consejero de Salud en el plazo de un mes a partir de su publicación en el BOPV, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otra acción legal que estimen pertinente.

En Vitoria-Gasteiz, a 13 de noviembre de 2013.

El Viceconsejero de Salud,

GUILLERMO VIÑEGRA GARCÍA.


Análisis documental