
N.º 229, lunes 2 de diciembre de 2013
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DISPOSICIONES GENERALES
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
5222
CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 236/2012, de 21 de noviembre, por el que se regula el Instituto Vasco de Medicina Legal.
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en el texto del Decreto 236/2012, de 21 de noviembre, por el que se regula el Instituto Vasco de Medicina Legal, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 228, de 26 de noviembre de 2012, se procede a su corrección:
En el apartado m) del párrafo 7 del artículo 8, que aparece en la página 2012/5186 (6/13) donde dice:
«m) Etiquetar las muestras y remitirlas al laboratorio correspondiente, manteniendo la cadena de custodia».
Debe decir:
«m) Elaborar las etiquetas y remitirlas al laboratorio correspondiente».
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