
N.º 205, lunes 28 de octubre de 2013
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DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
4632
EDICTO del Director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario, sobre el expediente que a continuación se señala (L_2013_01_674_I).
José Luis Madrazo Juanes, Director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, emite el siguiente:
EDICTO
Tras dos intentos de entrega no hemos podido notificar de forma expresa el requerimiento de documentación a Don Liyu Chen en el domicilio aportado por la misma en el expediente L_2013_01_674_I, por lo que se hace público el presente Edicto en el Boletín Oficial del País Vasco. Todo ello en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común y demás disposiciones concordantes de pertinente aplicación, haciéndose saber al interesado el requerimiento para la presentación de la siguiente documentación:
– Fotocopia compulsada del documento acreditativo de la identidad de la persona o personas solicitantes, así como del documento acreditativo de la identidad de todas las personas mayores de 14 años que formen parte de la unidad convivencial.
– Certificado de empadronamiento de la persona solicitante que acredite que ha residido de forma efectiva y empadronada en la Comunidad Autónoma del País Vasco al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud o cinco años continuados a lo largo de los últimos diez años, en este certificado deberán constar todas las personas que conviven en el domicilio.
A fin de determinar la concesión de la subvención solicitada al amparo del Decreto del Gobierno Vasco 255/2006, de 19 de diciembre, por el que se regulan las ayudas económicas a las familias con hijos e hijas, se concede a la solicitante un plazo de 10 días para la presentación de dicha documentación ante la Delegación Territorial de Trabajo, Empleo y Políticas Sociales de Álava en la calle Samaniego, 2, 01008 Vitoria-Gasteiz, bien directamente o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se advierte a la interesada que de no hacerlo, se le tendrá por desistida de su petición.
En Vitoria-Gasteiz, a 1 de octubre de 2013.
El Director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario,
JOSÉ LUIS MADRAZO JUANES.
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