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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 149, miércoles 7 de agosto de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIPUZKOA
3534

EDICTO dimanante del recurso de apelación n.º 2177/13.

Audiencia Provincial De Gipuzkoa – Sección 2.ª.

Recurso: r. apelación L2 2177/13.

Recurrente: Alda Baptista Rodriguez.

Abogado: M.ª Luisa Garcia Nuñez.

Procurador: Oscar Mejias Abad.

Recurrido: Fiscal.

Sobre: divorcio contencioso.

En el referido recurso se ha dictado con fecha 21 de junio de 2013 Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA N.º 190/13

Sra. Dña. Yolanda Domeño Nieto

Sra. Dña. Ane Maite Loyola Iriondo

Sr. D. Felipe Peñalba Otaduy

En San Sebastián, a veintiuno de junio de dos mil trece.

La Sección 2.ª de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa, constituida por los/as Sres./as. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de divorcio contencioso n.º 80/2012, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Bergara a instancia de D.ª Alda Baptista Rodriguez (demandante - apelante), representado por el Procurador D. Oscar Mejías Abad y defendido por la Letrada D.ª María Luisa García Núñez, contra D. Joaquin Mendes Marques (demandado), declarado en situación procesal de rebeldía, siendo parte el Ministerio Fiscal (apelado); todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 23 de enero de 2013.

FALLAMOS

Estimar parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la representación de D.ª Alda Baptista Rodríguez contra la sentencia dictada el 23 de enero de 2013 por la Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Bergara en autos número 80/2012, revocando la misma única y exclusivamente por lo que se refiere al pronunciamiento relativo a la atribución de la patria potestad de los hijos del matrimonio menores de edad en el sentido de atribuir a la madre su guarda y custodia y acordar la suspensión de la patria potestad de D. Joaquín Mendes Marqués respecto de sus hijos, procediendo su anotación marginal correspondiente en el Registro Civil donde obre la inscripción del nacimiento de los menores; permaneciendo invariables los restantes pronunciamientos de la resolución impugnada.

No se efectúa imposición a ninguna de las partes de las costas causadas en esta alzada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Joaquin Mendes Marques y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina judicial de este tribunal.

En San Sebastián, a 28 de junio de 2013.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


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