N.º 116, martes 18 de junio de 2013
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 DE DURANGO
2801
EDICTO dimanante del procedimiento n.º 18/12 seguido sobre medidas cautelares coetáneas.
Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Durango.
Juicio: med. caut. coet. L2 18/12.
Demandante: Ramon Gonzalez-Gorbeña Santamaria.
Abogado.
Procurador: Tejada.
Demandado: Mauricio Felix Ortega Dominguez.
Sobre: reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado, el 28-09-2012, auto cuya parte dispositiva es la siguiente.
PARTE DISPOSITIVA
Estimo la solicitud de la Procuradora Sra. Tejada, en la representación procesal que ostenta de D. Ramon González Gorbeña Santamaria, decretando el embargo preventivo en la cantidad de 1.080,52 euros del demandado D. Mauricio Felix Ortega Domínguez, para cubrir la cantidad de 1.080,52 euros en concepto de principal, previa prestación de caución en cuantía de 200 euros en efectivo o por aval solidario de duración indefinida pagadero a primer requerimiento emitido por entidad bancaria o sociedad de garantía recíproca.
Contra la presente resolución que no es firme cabe interponer ante este mismo Juzgado, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación recurso de apelación en un solo efecto.
Lo manda y firma Meritxell Quella Fortuño, Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Durango, de lo que doy fe.
Firma de la Juez.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Mauricio Felix Ortega Dominguez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Durango (Bizkaia), a 12 de abril de 2013.
LA SECRETARIO JUDICIAL.